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Documento BORME-C-2009-37140

BIOMEDICAL DEVELOPMENTS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TESLA MEDICAL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 246, páginas 39431 a 39431 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-37140

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con el artículo 42 de la Ley 3/2009, se hace público que las Juntas Generales Universales de Socios de BioMedical Developments, S.L., y Tesla Medical, S.L., celebradas el día 18 de diciembre de 2009, han aprobado por unanimidad la fusión por absorción de Tesla Medical, S.L., por BioMedical Developments, S.L., conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades y presentado al Registro Mercantil de Madrid, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación la sociedad absorbida, transmitiendo en bloque su patrimonio social a BioMedical Developments, S.L. y, en consecuencia, la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de enero de 2009 como fecha a partir de la cual las operaciones realizadas por la absorbida se considerarán computables, a efectos contables, por la absorbente.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 30 de septiembre de 2009, sin modificaciones de capital, todo ello de acuerdo con lo señalado en los artículos 49 y 52 de la Ley 3/2009, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la absorbida.

De conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales Universales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas y el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Madrid, 18 de diciembre de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración de Tesla Medical, S.L., Eduardo Maldonado Trinchant.- El Secretario del Consejo de Administración de BioMedical Developments, S.L., Eduardo Maldonado Trinchant.

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