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Documento BORME-C-2009-3460

GORO, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
NUEVA DOVELS, S.L.U
Y GRUPO GR INMOBILIARIO DESARROLLO
E INVERSIONES TUROLENSES 3000, S.L.U
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 43, páginas 3640 a 3640 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-3460

TEXTO

Anuncio de Escisión Total

Se hace público que en la Junta General Universal y decisiones del socio único, de las entidades “GORO, S.L.”, “NUEVA DOVELS, S.L.U” y “GRUPO GR INMOBILIARIO DESARROLLO E INVERSIONES TUROLENSES 3000, S.L.U”, celebradas el día 18 de febrero de 2009, se acordó por unanimidad la escisión total de “GORO, S.L.”, con su consiguiente extinción, anulación de sus participaciones y división de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasará en bloque a las sociedades beneficiarias preexistentes ““NUEVA DOVELS, S.L.U” y “GRUPO GR INMOBILIARIO DESARROLLO E INVERSIONES TUROLENSES 3000, S.L.U”, quedando éstas subrogadas en todos los derechos y obligaciones recibidos, y considerando como Balances de escisión los cerrados a 31 de diciembre de 2008, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión redactado por las tres mercantiles.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión expresa efectuada por el artículo 94 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades implicadas en la escisión a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de la escisión.

Igualmente y de conformidad con el artículo 243 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, los acreedores de la sociedad escindida y las beneficiarias podrán oponerse a la misma en los términos previstos en dicho artículo.

En Castellón y Teruel, 19 de febrero de 2009.- El Consejo de Administración de “GORO, S.L”; El Consejo de Administración de “NUEVA DOVELS, S.L.U”; Los Administradores solidarios de “GRUPO GR INMOBILIARIO DESARROLLO E INVERSIONES TUROLENSES 3000, S.L.U.”.

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