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Documento BORME-C-2009-34510

LABORATORIO DENTAL ASTUR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 36708 a 36709 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-34510

TEXTO

Aumento de Capital. Derecho de suscripción preferente.

De conformidad con lo previsto en el artículo 158 de la LSA y para permitir el ejercicio del derecho de suscripción preferente por parte de los accionistas de la sociedad "Laboratorio Dental Astur, S.A.", se comunica que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de fecha 29 de octubre de 2009 acordó ampliar el capital social en la cifra de 995.366,40 euros, así como la modificación del artículo 6 de los Estatutos Sociales, por lo que el Consejo de Administración de la Sociedad, al amparo tanto del artículo 153.1.a) LSA como de las facultades delegadas por la Junta General de la Sociedad para la ejecución de mencionado acuerdo, anuncia que las condiciones de dicha ampliación serán las siguientes:

a) El aumento de capital acordado se realizará hasta 995.366,40 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de hasta 22.080 nuevas acciones nominativas, numeradas del 1.381 al 23.460, ambos inclusive, de un valor nominal de 45,08 euros, de la misma clase y serie que las ya existentes e iguales a estas.

b) Las nuevas acciones que se emitan conferirán a sus propietarios idénticos derechos políticos y económicos que las acciones actualmente en circulación de la sociedad, en la forma especificada por la Ley y por los Estatutos Sociales.

c) El contravalor del aumento será dinerario.

d) Primera vuelta: Los señores accionistas podrán suscribir preferentemente, en el plazo de un mes desde la fecha de esta publicación, las acciones que deseen, dentro del límite de 16 acciones nuevas por cada una antigua que proporcionalmente les corresponda de acuerdo con su participación en el capital social previo al acuerdo de ampliación, para lo que deberán dirigir a la sociedad comunicación, a la que acompañarán certificación o resguardo acreditativo del ingreso del total importe correspondiente a su suscripción en la cuenta número 0081-5051-53-0002193631 abierta en el Banco Herrero a nombre de la sociedad

En el caso de que alguno de los accionistas no ejercite su derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones emitidas en el marco de la ampliación de capital señalada, el accionista correspondiente perderá automáticamente dicho derecho.

e) Segunda vuelta: Las acciones no asumidas en el ejercicio del derecho preferente, serán ofrecidas nuevamente a los socios que lo hubieron ejercitado y en proporción a las que cada uno ya tuviere en la Sociedad con anterioridad excluyendo las suscritas en la primera vuelta, para su asunción y desembolso durante un plazo de quince días desde la conclusión del señalado para la asunción preferente, en iguales condiciones a las estipuladas para esta.

f) Tercera vuelta: Las acciones sobrantes tras la segunda vuelta, serán ofrecidas nuevamente a los socios que hubieran acudido a ella y hubieran asumido la totalidad de las en ese momento ofrecidas, para su asunción y desembolso durante un plazo de quince días desde la conclusión del señalado para la segunda vuelta, en iguales condiciones a las estipuladas en la primera y segunda vueltas; si existieren varios socios interesados en asumir las acciones ofrecidas, éstas se adjudicaran en proporción a las que cada uno ya tuviere en la Sociedad, excluyendo las suscritas en las anteriores vueltas.

g) De acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anónimas, se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento, de manera que si éste no se suscribe totalmente, podrá aumentarse el capital en la cuantía efectivamente suscrita.

Con la finalidad de dar cumplimiento a todo lo anterior, se acordó delegar en el Consejo de Administración, con facultad de sustitución en cualesquiera de sus miembros, de conformidad con el artículo 153.1.a) de la Ley de Sociedades Anónimas, la facultad, en caso necesario, de fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en el acuerdo de ampliación.

Oviedo, 18 de noviembre de 2009.- Presidente del Consejo de Administración.

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