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Documento BORME-C-2009-34436

HERMANOS RECIO, S.L
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PERFUMERÍAS DROMAY, S.L.U.
NATALIO FUENTES, S.A.U.
MI PERFUMERÍA, S.A.U.
MI TIENDA, S.A.U.
DROYPEREX, S.L.U.
ALMACENES LA CARMINA, S.L.U.
JOSÉ Y FAMILIA, S.L.U.
PROMOTORA DE TIENDAS DROPER, S.L.U.
RIDRUEJO FUENTES, S.L.
RUA DO PROGRESO 70, S.L.U.
AZTECA 2001, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 36634 a 36634 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-34436

TEXTO

Las sociedades "Hermanos Recio, S.L.", "Perfumerías Dromay, S.L.U.", "Natalio Fuentes, S.A.U.", "Mi Perfumería, S.A.U.", "Mi Tienda, S.A.U.", "Droyperex, S.L.U.", "Almacenes La Carmina, S.L.U.", "José y Familia, S.L.U.", "Promotora de Tiendas Droper, S.L.U.", "Ridruejo Fuentes, S.L.", "Rua do Progreso 70, S.L.U.", y "Azteca 2001, S.L.U.", anuncian su acuerdo de fusión adoptado en la Junta universal de socios celebrada por la sociedad absorbente "Hermanos Recio, S.L.", de fecha 21 de noviembre de 2009.

Los socios, los acreedores, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores tienen el derecho de obtener el texto íntegro de los siguientes documentos:

1. Proyecto común de fusión.

2. Los Balances de fusión de las sociedades participantes en la fusión.

3. Estatutos por los que se rigen las sociedades participantes.

4. Cuentas anuales e informes de gestión.

5. Texto íntegro del acuerdo de fusión.

Al ser "Hermanos Recio, S.L.", el socio único de las entidades absorbidas no se han elaborado los informes de los administradores ni de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión según lo dispuesto en el articulo 49.1.2.º de la Ley 3/2009.

Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, el proyecto de fusión no fue objeto de depósito en el Registro Mercantil al haberse acordado la fusión en la Junta universal de socios celebrada por la entidad absorbente y por unanimidad.

Los acreedores tienen el derecho de oponerse a la fusión mientras no se les garanticen sus créditos; podrán ejercitar este derecho mediante comunicación escrita a la sociedad, durante el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo.

Salamanca, 23 de noviembre de 2009.- Jorge Manuel Recio Flemmich, Secretario del Consejo de Administración.

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