De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que, en ejercicio de las competencias atribuidas a las respectivas Juntas Generales, el accionista único de la sociedad Centro de Cálculo de Sabadell, S.A.U. (sociedad absorbente), y ésta como socio único de la compañía mercantil CCS Profesionales, S.L.U. (sociedad absorbida), han acordado en fecha 19 de noviembre de 2009, la fusión de las mencionadas sociedades, mediante la absorción por Centro de Cálculo de Sabadell, S.A.U. de CCS Profesionales, S.L.U., con la transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a Centro de Cálculo de Sabadell, S.A.U., y disolución sin liquidación de CCS Profesionales, S.L.U., acogiéndose la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de dicha Ley, se hace constar expresamente el derecho de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como de los Balances de fusión.
Del mismo modo, se hace constar el derecho de los acreedores cuyos créditos se encuentren en el supuesto del artículo 44 de dicha Ley de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de fusión.
Barbera del Vallés, 19 de noviembre de 2009.- El Presidente del Consejo de Administración de Centro de Cálculo de Sabadell, S.A.U. y Administrador único de CCS Profesionales, S.L.U., José Miguel Sánchez Jiménez.
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