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Anuncio de fusión por absorción.
De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de Socios, celebrada con el carácter de Universal en fecha 30 de octubre de 2009, con la asistencia de todos los socios, de la sociedad Conde Casanovas Patrimonial, Sociedad Limitada (sociedad absorbida) y los socios únicos, en ejercicio de las competencias propias de la Junta General de Socios, de las mercantiles Ochal Group 2005, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbente) y Servicios De Depilación Bloc Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida), en esa misma fecha, han acordado por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Servicios De Depilación Bloc, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbida) y Comde Casanovas Patrimonial, Sociedad Limitada (sociedad absorbida) por Ochal Group 2005, Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbente), con la consiguiente disolución y extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y atribución de sus patrimonios íntegros a título universal a la sociedad absorbente.
La fusión se acordó de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, y cumpliéndose los requisitos en éste señalados, es decir, sin haberse elaborado ni proyecto ni balances de fusión.
Se hace constar, conforme al precepto citado al inicio, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y decisiones tomadas y de los balances que se han tomado como referencia para la fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Valencia, 30 de octubre de 2009.- El Administrado Único de "Ochal Group 2005, S.L.U.", la sociedad "Conde Casanovas Patrimonial, S.L", siendo persona física representante de la misma, Don Francesc Casanovas Garcés. El Secretario no consejero de Consejo de administración de "Servivios de Depilación Bloc, S.L.U.", Don Ricard Cabanes Durán. El Secretario no consejero del Consejo de administración de "Conde Casanovas Patrimonial, S.L.", Don José Juan Cortina Maruenda.
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