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Documento BORME-C-2009-3170

RESIDENCIAS UNIVERSITARIAS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
Y GLOBAL KURENAI, S.L.
Y GLOBAL KATHAKALI, S.L.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 40, páginas 3341 a 3341 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-3170

TEXTO

De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (LSRL), se hace público lo siguiente:

1.  Los socios de las compañías mercantiles RESIDENCIAS UNIVERSITARIAS, S.A.,  (“Sociedad Absorbente”), GLOBAL KURENAI, S.L. y GLOBAL KATHAKALI, S.L.(Sociedad Unipersonal), (“Sociedades Absorbidas”), adoptaron, por unanimidad, el día 20 de febrero de 2009, en sus respectivas Juntas Generales y decisiones de socio único, entre otros, el acuerdo de fusión simplificada por absorción de las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente, adquiriendo la Sociedad Absorbente, por sucesión universal, el patrimonio de las Sociedades Absorbidas, que quedarán extinguidas y disueltas sin liquidación, con traspaso a la Sociedad Absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del proyecto de fusión formulado y aprobado conforme a los balances de fusión a 30 de noviembre de 2008 en todas ellas y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Valencia, con fechas 16 de febrero de 2009 y 17 de febrero de 2009, respectivamente. La fecha en la que las operaciones de las Sociedades Absorbidas habrán de considerarse realizadas por la Sociedad Absorbente es el 30 de noviembre de 2008.

2.  Los señores socios y los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.

3.  Según lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 de la citada Ley, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

En Madrid y Valencia, 20 de febrero de 2009.- Los Administradores Mancomunados de RESIDENCIAS UNIVERSITARIAS, S.A.(D. Robert John Crompton y D. Thomas Anthony Barry), el Administrador Único de GLOBAL KURENAI, S.L. (D. Robert John Crompton), y el Administrador Único de GLOBAL KATHAKALI, S.L. (Sociedad Unipersonal) (D. Thomas Anthony Barry).

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