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Documento BORME-C-2009-30842

PORT AVENTURA, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
PORT AVENTURA ENTERTAINMENT, S.A.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 203, páginas 32839 a 32839 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-30842

TEXTO

Anuncio de escisión parcial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de Accionistas de "Port Aventura, Sociedad Anónima", celebrada con carácter de universal el día 22 de octubre de 2009, acordó la escisión parcial de una parte del patrimonio social de la sociedad, constitutiva de una unidad económica, para su traspaso en bloque sin disolución ni liquidación a la Sociedad Beneficiaria "Port Aventura Entertainment, Sociedad Anónima" (anteriormente denominada "Negocio de Finanzas e Inversiones IV, Sociedad Anónima"), con la consecuente reducción del capital social de la Sociedad Escindida y modificación del artículo correspondiente de sus Estatutos Sociales, quedando por tanto la Sociedad Beneficiaria subrogada en todos los derechos y obligaciones dimanantes del patrimonio recibido, todo ello en los términos del proyecto de escisión parcial de fecha 17 de septiembre de 2009 depositado en el Registro Mercantil de Tarragona.

Asimismo, la Junta General de Accionistas de la Sociedad Beneficiaria, celebrada con carácter de universal el mismo día 22 de octubre de 2009, acordó la recepción y adquisición de la referida unidad económica y la ampliación de su capital social en el importe necesario, con la consiguiente modificación del artículo correspondiente de sus Estatutos Sociales, de conformidad con lo establecido en el citado proyecto de escisión parcial.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los correspondientes balances de escisión.

Asimismo, se informa a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la operación de su derecho a oponerse a la escisión parcial en los términos del artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial.

Barcelona, 22 de octubre de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración de “Port Aventura, Sociedad Anónima”, D. Adolfo Feijóo Rey, El Administrador Único de “Port Aventura Entertainment, Sociedad Anónima”, D. Xavier Moragas Freixa.

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