A los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las respectivas Juntas Generales Universales de Socios de las dos Sociedades Absorbidas y la Decisión de socio único adoptada en el ejercicio de las competencias de Junta General de la Sociedad Absorbente, celebradas el 21 de septiembre de 2.009, acordaron, por unanimidad, su fusión, mediante la absorción por "Osseja Unidos, Sociedad Limitada" (Unipersonal) (Sociedad Absorbente) de "Las Terrenas del Este, Sociedad Limitada" y de "Pelayo 40, Sociedad Limitada" (Sociedades Absorbidas que se extinguirán con motivo de la Fusión). Asiste a los señores socios y acreedores de cada una de las sociedades, el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y balances de fusión y a los acreedores el de oposición a la fusión, en los términos del artículo 44 de la citada Ley.
Barcelona, 16 de octubre de 2009.- Antonio Beroy Viles, Administrador Solidario de las Sociedades “Osseja Unidos, Sociedad Limitada” (Unipersonal) (Sociedad Absorbente), y de “Las Terrenas del Este, Sociedad Limitada” (Sociedad Absorbida), respectivamente, y Administrador Único de “Pelayo 40, Sociedad Limitada” (Sociedad Absorbida).
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