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Documento BORME-C-2009-30290

TRAMA DE GASLLAR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TRAMA MADRID, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 199, páginas 32268 a 32268 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-30290

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y demás disposiciones concordantes, se hace público que las Juntas Generales de Socios de las Compañías celebradas el día 31 de diciembre de 2008, aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad "Trama Madrid, Sociedad Limitada" por "Trama de Gasllar, Sociedad Limitada", adquiriendo ésta el patrimonio de la sociedad absorbida, que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación, con el traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio. La fusión se acordó de conformidad con el proyecto de fusión conjunto suscrito por los Órganos de Administración de ambas compañías el día 15 de diciembre de 2008 y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 25 de septiembre de 2009, y los Balances de Fusión cerrados a 15 de diciembre de 2008 y aprobados en las Juntas Generales de ambas sociedades celebradas el día 31 de diciembre de 2009. La fusión tendrá efectos contables a partir del día 1 de enero de 2009.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las Sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Asimismo, tal como establece el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, la fusión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de las Juntas Generales de las sociedades que intervienen en la fusión. Durante este plazo los acreedores de las sociedades que se fusionan, podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.

Cerdanyola del Vallés, 1 de octubre de 2009.- “Trama de Gasllar, S.L.”, Administradores solidarios, Don Eliseo Quiroga Vázquez y Damian López Cervantes.-“Trama Madrid, S.L.”, Administradores solidarios, Don Eliseo Quiroga Vázquez y Damian López Cervantes.

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