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Documento BORME-C-2009-28095

ASESORES INMOBILIARIOS DE TENERIFE, S.L.
(ABSORBENTE)
SOLE GANDÍA, S.L.U.
(ABSORBIDA)
THE OLD RESIDENCE, S.L.
(ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 180, páginas 30004 a 30004 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-28095

TEXTO

Acuerdo de fusión.

En Bournemouth, Reino Unido, siendo las 12 horas del día 30 de Junio de 2.009, se reúnen las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las compañías Asesores Inmobiliarios de Tenerife, S.L., española, con N.I.F.: B-38676805, de The Old Residence, S.L. española, con N.I.F.: B-38748778, y de Sole Gandía, S.L.U., española, con N.I.F.: B-35582360 con la asistencia de todos los socios, habiéndose adoptado por unanimidad los siguientes acuerdos:

La Fusión de la Compañía Asesores Inmobiliarios de Tenerife, S.L, mediante la absorción de las Compañías Mercantiles The Old Residence, S.L. y Sole Gandía S.L.U., mediante la disolución de éstas y transmisión en bloque su patrimonio a aquélla, con extinción de sus participaciones sociales, habiéndose aprobado el proyecto de fusión, el Informe de los Administradores y el balance de fusión -cerrado con fecha 31 de Diciembre de 2.008-, se aprobó aumentar el capital social de Asesores Inmobiliarios de Tenerife, S.L en la suma de 2.308 euros, mediante la creación de 2.308 nuevas participaciones sociales de un euro de valor nominal cada una de ellas, y la consiguiente modificación del Artículo 7º de los Estatutos Sociales que quedará con la siguiente redacción:"Artículo 7º.- El Capital Social es diez mil quinientos cincuenta euros (10.550 €), dividido y representado en diez mil quinientas cincuenta (10.550.-) participaciones sociales, números uno al diez mil quinientos cincuenta, ambos inclusive, iguales, acumulables, e indivisibles, de un euro (1 €) de valor nominal cada una de ellas, que no podrán incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones. El Capital está íntegramente suscrito y desembolsado"; asimismo, se aprobó el tipo de canje de las acciones y otros acuerdos complementarios.

A partir del día 1 de Enero de 2.009 las operaciones de las Sociedades Absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente.

De conformidad con lo previsto en el Artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, no se aprueba informe de expertos independientes. Según prevé el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas se hace constar que los socios y los acreedores tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el Balance de fusión.

Adeje, 3 de julio de 2009.- Jorge Javier Domingo Lapeira (Administrador único de Asesores Inmobiliarios de Tenerife S.L. y de The Old Residence S.L.), Cecilia Fabregat Colomé (Administradora única de Sole Gandía S.L.).

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