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Documento BORME-C-2009-27851

CARAVANAS MONCAYO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 177, páginas 29711 a 29713 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2009-27851

TEXTO

Reducción y ampliación de capital.

El Administrador Único de Caravanas Moncayo, S.A. hace público que en la Junta General Ordinaria de la citada sociedad celebrada el 27 de julio de 2009 acordó aprobar las cuentas anuales del ejercicio 2008 en base al balance cerrado a 31-12-2008 auditado y verificado por los Auditores de la compañía, y compensar pérdidas de dicho ejercicio, mediante reducción íntegra de las reservas voluntarias (689.196,14 euros); reducción íntegra de la prima de emisión (1.169.182,58 euros); reducción íntegra de las reservas legales en 228.715,36 euros. Simultáneamente, en Junta Extraordinaria celebrada acto seguido en la misma fecha, se acordó la reducción y ampliación de capital, todo ello en base al balance cerrado a 31-12-2008 auditado y verificado por los Auditores de la compañía; ambos acuerdos en los términos que a continuación se detallan.

I.II.- Reducción de capital social.

En Junta General Extraordinaria celebrada acto seguido de la Ordinaria, por tanto en la misma fecha, sobre la base del referido balance a 31-12-2008 auditado y verificado, se adoptó asimismo el acuerdo de reducir el capital social en 1.143.576,79 euros, para enjugar el resto de las pérdidas del ejercicio. Como consecuencia de dicho acuerdo el capital social queda reducido a cero. Por tanto, quedan amortizadas íntegramente, y sin valor alguno, la totalidad acciones de la compañía, las cuales se encontraban íntegramente suscritas y desembolsadas.

A tal fin se amortizan las 190.279 acciones nominativas emitidas, numeradas del 1 al 190.279, ambas inclusive, de un valor nominal de 6,01 euros cada una, las cuales están íntegramente suscritas y desembolsadas.

II.- Ampliación de Capital.

La referida Junta General Extraordinaria de Caravanas Moncayo, S.A. a fin de reflotar los fondos propios de la compañía, restablecer el equilibrio financiero y dar solución a la causa legal de disolución en que la sociedad se encuentra incursa a consecuencia de las pérdidas del ejercicio 2008, ampliar el capital social en la suma de 1.000.000.- euros (un millón de euros) lo que se hará mediante la emisión de 200.000.- acciones "nuevas", nominativas, ordinarias, indivisibles, acumulables y de una misma serie, de 5 (cinco) euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 1 a la 200.000, ambas inclusive. Las acciones suscritas deberán ser desembolsadas mediante aportaciones dinerarias, en los términos y condiciones que fije el órgano de administración a quien se delega la ejecución del mencionado acuerdo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se reconoce a los accionistas el derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean.

II.I.- Este Administrador Único de "Caravanas Moncayo, S.A.", en uso de las facultades otorgadas por la referida Junta General Extraordinaria de accionistas del pasado día 27 de julio de 2009 acordó, el pasado día 1 de septiembre, poner en marcha el proceso para ejecutar el acuerdo de aumentar el capital social mediante aportaciones dinerarias en la cifra de un millón de euros (1.000.000.- €), mediante la emisión de doscientas mil (200.000) nuevas acciones nominativas, ordinarias de cinco (5) € de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 200.000 ambas inclusive.

Se abre el proceso de ejecución de dicho acuerdo para que los socios que lo deseen puedan suscribir las nuevas acciones a las que tienen derecho.

Todas las acciones que se emiten serán de la misma clase y serie que las existentes, y otorgarán los mismos derechos económicos y políticos que las ya existentes.

II.II.- Suscripción. Derecho de suscripción preferente.

Los accionistas que lo sean a las 24:00 horas del día hábil anterior al de la fecha de publicación del presente anuncio de oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, tendrán derecho de suscripción preferente de acuerdo a lo establecido en los estatutos sociales y del artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas.

II.III.- Aportación dineraria.

El desembolso de las nuevas acciones se realizará mediante aportación dineraria.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 154.1 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que las acciones anteriormente emitidas son nominativas, única clase y serie y se encuentran íntegramente desembolsadas.

II. IV.- Forma para ejercer el derecho de suscripción preferente:

Antes de que expire el plazo de un (1) mes desde la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil los accionistas que lo deseen deberán dirigirse mediante notificación fehaciente al Administrador Único, al domicilio social, Villanueva del Gallego (Zaragoza) carretera de Huesca Km 9, manifestando su decisión de ejercer el derecho de suscripción preferente que le asiste e indicando el número de acciones ordinarias que desean suscribir, así como, a efectos del desembolso, deberán acompañar el certificado de ingreso en metálico o transferencia bancaria del 25% (veinticinco por ciento) del valor nominal de las acciones que se suscriben, en la cuenta de titularidad de la sociedad que se indica continuación: Banco Santander, Coso, n.º 36-40, Zaragoza, cuenta n.º 0049-1824-41-2610169695 o, en su caso, cheque bancario o nominativo conformado a favor de la sociedad por el nominal de las acciones que se desean suscribir. Las notificaciones a las que no se acompañe la justificación de pago y desembolso no serán válidas y por tanto se tendrán por no efectuadas.

El derecho de suscripción computará de la siguiente forma: Cada 0,0005% de participación en el capital social ya amortizado, da derecho a suscribir una acción nueva.

II. V.- Plazo de desembolso de las acciones:

El plazo de un mes (1) a contar a partir de la fecha de publicación del anuncio de la oferta de suscripción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil es común para suscribir acciones y para desembolsar el veinticinco por ciento del valor nominal de las acciones suscritas. El restante 75% deberá ser desembolsado, asimismo en metálico, en la cuenta bancaria indicada en el apartado anterior, como fecha límite, en las fechas siguientes:

2º Plazo (25%): antes de las 24 horas del día 31 de diciembre de 2009.

3er Plazo (25%): antes de las 24 horas del día 31 de diciembre de 2010.

4º Plazo (25%): antes de las 24 horas del día 31 de diciembre de 2011.

Tratándose de fechas límite, cualquier socio puede adelantar ingresos en la cuenta de la sociedad, comunicando al Administrador Único la finalidad y cuantía del ingreso, así como el plazo al que se imputa.

II.- VI.- Suscripción incompleta:

En caso de que el aumento de capital no fuera suscrito íntegramente y desembolsado en al menos un 25%, dentro del plazo indicado, el Administrador Único, en virtud de la delegación de facultades conferida, podrá declarar cerrado el aumento de capital en la cuantía de las suscripciones efectivamente realizadas.

II. VII.- Modificación de Estatutos:

De conformidad con lo previsto en el artículo 153 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acuerdos de ampliación de capital social de esta compañía, adoptados por la Junta General Extraordinaria de 27 de julio de 2009 delegaron en el Órgano de Administración la facultad de dar una nueva redacción a los artículos de los Estatutos sociales relativos al capital social o acciones, lo que se hará una vez ejecutado el acuerdo.

Zaragoza a, 1 de septiembre de 2009.- El Administrador Único, don José Ascaso Puyo.

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