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Desembolso de dividendos pasivos.
Se anuncia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Sociedades Anónimas, y con las prevenciones que se indican en los preceptos 43 y siguientes de la citada Ley, que el 9 de junio de 2009 el órgano de administración acordó el desembolso de la totalidad de los dividendos pasivos pendientes por parte de todos los accionistas de la sociedad.
El citado desembolso se ha de realizar dentro del plazo comprendido entre el día 18 de junio de 2009 y hasta el 16 de septiembre de 2009, en una de las cuentas que la sociedad tiene abierta en el Barclays Bank, Banco Pastor, Banco de Santander o Caixa Galicia.
La Coruña, 14 de agosto de 2009.- Jerónimo Barro Pascual, Administrador.
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