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Documento BORME-C-2009-26774

INTEGRAL TRANSPORT SERVICE, S.A.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BARNATRANS, S.A.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 155, páginas 28579 a 28579 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-26774

TEXTO

En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que, con fecha 30 de junio de 2009, el Accionista Único de "Integral Transport Service, S.A. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad Absorbente) y de "Barnatrans, S.A. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad Absorbida), aprobó la fusión por la que "Integral Transport Service, S.A. (Sociedad Unipersonal)" absorbe a "Barnatrans, S.A. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad Absorbida). Los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes son los cerrados a 31 de diciembre de 2008.

La fusión se acordó sobre la base del Proyecto de Fusión suscrito por los Órganos de Administración de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida el día 25 de mayo de 2009, que fue presentado a depósito en los Registros Mercantiles de Madrid y Barcelona y efectivamente depositado en ambos el 26 de junio de 2009, y con los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes cerrados el 31 de diciembre de 2008, siendo dichos documentos aprobados por el Accionista Único de "Integral Transport Service, S.A. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad Absorbente) y de "Barnatrans, S.A. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad Absorbida), con fecha 30 de junio de 2009.

La fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente, se retrotraerá al 1 de enero de 2009.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y/o accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del tercer anuncio de fusión, en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 1 de julio de 2009.- Don José Sánchez Montalbán, en su condición de Secretario no Consejero del Consejo de Administración de las sociedades Integral Transport Service, S.A. (Sociedad Unipersonal) y Barnatrans, S.A.

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