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Documento BORME-C-2009-26724

SALUS ASISTENCIA SANITARIA, S.A. DE SEGUROS
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ASISTENCIA MÉDICA UNIVERSAL DE SEGUROS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 28525 a 28525 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-26724

TEXTO

Anuncio de fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta General Ordinaria y Universal de Socios de Salus Asistencia Sanitaria, S.A. de Seguros, y la Junta General Ordinaria y Universal de Socios de Asistencia Médica Universal de Seguros S.A., ambas Juntas celebradas el día 30 de junio de 2009, han adoptado, respectivamente, los siguientes acuerdos unánimes:

Primero: Llevar a efecto la fusión de las dos antedichas Sociedades, mediante la absorción de Asistencia Médica Universal de Seguros S.A., por Salus Asistencia Sanitaria, S.A. de Seguros, con transmisión en bloque de todo el activo y pasivo de la primera a la segunda, a título de sucesión universal, en base a los respectivos Balances de Fusión, también unánimemente aprobados, cerrados el día 31 de diciembre de 2008, considerándose las operaciones de la Sociedad absorbida realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad absorbente, con efectos a partir del día 1 de enero de 2009. El Proyecto de Fusión quedó depositado en el Registro Mercantil de Oviedo y Zaragoza una vez ha sido aprobado por las juntas generales Universales de las sociedades. La Sociedad absorbente no ha ampliado su capital social, al estar la Sociedad absorbida íntegramente participada por la Sociedad absorbente. La Sociedad absorbida quedó disuelta y extinguida sin proceso de liquidación.

Segundo: De conformidad con el proyecto invocado, se hace constar el derecho que corresponde a los socios de la entidad absorbente, a los socios de la entidad absorbida y a los acreedores de las dos Sociedades participantes en el proceso de fusión por absorción, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, antes referidos.

También se hace constar de forma expresa que, de acuerdo con el artículo 243 de la misma Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, a contar desde la tercera y última publicación del anuncio de fusión, los acreedores de cada una de las repetidas Sociedades que se fusionan, podrán oponerse a la operación en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Oviedo, 27 de julio de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración de las Sociedades participantes. Salus Asistencia Sanitaria, S.A. de Seguros, José Landeira Fernández. Asistencia Médica Universal de Seguros S.A., José Landeira Fernández.

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