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Documento BORME-C-2009-26536

NAFICIS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ESTATGES 2005, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 28324 a 28324 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-26536

TEXTO

Anuncio de fusión.

Por acuerdo de las Juntas Generales Universales de Socios de las Compañías "Naficis, S.L." (Sociedad Absorbente) y "Estatges 2005, S.L." (Sociedad Absorbida), celebradas el 30 de Julio de 2009, se acordó, por unanimidad, la Fusión de ambas Compañías mediante la absorción de "Estatges 2005, S.L." por "Naficis, S.L.", mediante la adquisición en bloque por sucesión universal del patrimonio social, bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida que se extingue.

Se hace constar que la sociedad absorbente ostenta el 47,77% del capital social de la sociedad absorbida, por lo que, atendida la limitación legal relativa al canje de participaciones propias, las participaciones de la sociedad absorbida titularidad de la sociedad absorbente no pueden canjearse por participaciones de la sociedad absorbente sino que deben ser amortizadas. Por consiguiente y como consecuencia de la Fusión, "Naficis, S.L." aumento su capital social en 552.769,75 euros, mediante la emisión de 3.679 Participaciones sociales, números 7.803 al 11.481, ambos inclusive, de 150,25 euros de valor nominal y una prima de emisión de 2.276,03562 euros, cada una de ellas, con iguales características y derechos que las ya existentes, para lo cual se realizó la correspondiente modificación estatutaria en la Sociedad absorbente. Atendido el tipo de canje convenido, a cambio de las Participaciones sociales de la Sociedad absorbida se les entregan las citadas nuevas 3.679 Participaciones sociales de la Sociedad absorbente, habiendo manifestado los socios de la Sociedad absorbente su conformidad con las nuevas participaciones creadas y su asignación a los socios de la Sociedad absorbida, con la salvedad de las que se amortizan por ser propiedad de la propia sociedad absorbente.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la Fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de Fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Palau Solita i Plegamans (Barcelona), 31 de julio de 2009.- Enric Cartoixà Busquets, Consejero-Delegado de "Naficis, S.L." y "Estatges 2005, S.L.".

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