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Documento BORME-C-2009-26056

NOMINALIA INTERNET, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONSULTORA EN TECNOLOGÍAS EMERGENTES
E INVERSIONES, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
AGENCIA DE MEDIA NUMÉRICA ESPAÑA, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 27806 a 27807 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-26056

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas (aplicable igualmente a las sociedades de responsabilidad limitada en virtud del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada), de aplicación conforme a la Disposición Transitoria Única de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público lo siguiente:

I. Aprobación de la fusión por absorción: La Junta General de Socios de Nominalia Internet, Sociedad Limitada ("Nominalia"), el Socio Único de Consultora en Tecnologías Emergentes e Inversiones, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal ("Cotei") y el Socio Único de Agencia de Media Numérica España, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal ("Amne"), después de aprobar tanto el proyecto de fusión como los balances de fusión cerrados a 30 de noviembre de 2008, acordaron en fecha 3 de julio de 2009, aprobar la fusión por absorción de Nominalia, Cotei y Amne mediante absorción de Cotei y Amne por Nominalia, con extinción de Cotei y Amne y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios sociales a Nominalia, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Cotei y Amne. Conforme a lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas (aplicable igualmente a las sociedades de responsabilidad limitada en virtud del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada), no se producirá variación alguna en la cifra de capital social de Nominalia, como sociedad absorbente, al estar Nominalia, Cotei y Amne íntegramente participadas, directa e indirectamente, por una misma tercera sociedad, Register IT, S.P.A.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto de fusión redactado y suscrito por los miembros del Consejo de Administración de Nominalia, los miembros del Consejo de Administración de Cotei y el Administrador Único de Amne, que fue depositado en el Registro Mercantil Madrid en fecha 25 de junio de 2009, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales en el mismo.

II. Fecha de efectos contables y ventajas y derechos especiales: Las operaciones de Cotei (sociedad absorbida) y Amne (sociedad absorbida) se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de Nominalia (sociedad absorbente) a partir del 1 de enero del 2009.

No existen en Cotei ni en Amne participaciones especiales ni derechos especiales distintos de las participaciones, por lo que no procede el otorgamiento de derecho especial alguno en virtud de la fusión. Tampoco se atribuirá ninguna clase de ventaja a los administradores de Nominalia, de Cotei o de Amne como consecuencia de la fusión.

III. Derechos de información y oposición: De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas (aplicable igualmente a las sociedades de responsabilidad limitada en virtud del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada) se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de Nominalia, de Cotei y de Amne.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas (aplicable igualmente a las sociedades de responsabilidad limitada en virtud del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada).

Barcelona, 23 de julio de 2009.- David Bernal Bosch, Secretario no miembro del Consejo de Administración de Nominalia Internet, Sociedad Limitada y del Consejo de Administración de Consultora en Tecnologías Emergentes e Inversiones, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, respectivamente; y Eric Didier Onidi, Administrador Único de Agencia de Media Numérica España, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal.

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