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La Ilustrísima señora doña Nuria Auxiliadora Orellana Cano, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz, en Auto de fecha 29 de julio de 2009, dictado en el expediente de jurisdicción voluntaria número 469/2009, promovido por don Pedro Reynoso Román, doña María del Carmen Sánchez Cachero y la entidad Rivera del Sol, Sociedad Limitada, instando la convocatoria judicial de Junta de accionistas, ha acordado convocar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la Compañía Mercantil Jerezana de Comunidades, Sociedad Anónima, señalándose para su celebración en primera convocatoria el día 10 de septiembre de 2009 a las 11,00 horas y en segunda convocatoria si fuera preciso, el día 11 de septiembre de 2009 a las 11,00 horas; la cual tendrá lugar en el domicilio social sito en Calle Larga, número 83, de Jerez de la Frontera, con las formalidades previstas en el artículo 97 el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y bajo la presidencia de don Miguel Urraca Pinzón, actuando como Secretario don Adolfo González-Santiago Cabadas, designados a tal fin por este Juzgado, con el siguiente
Orden del día
Primero.- Información y entrega a los socios de los balances, cuentas de pérdidas y ganancias del ejercicio 2008.
Segundo.- Censurar la gestión social del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2008.
Tercero.- Aprobar, en su caso, las cuentas anuales de dicho ejercicio.
Cuarto.- Resolver sobre la aplicación del resultado de dicho ejercicio.
Quinto.- Al estar cumplidos los cargos de los integrantes del Consejo de Administración desde el día 7 de agosto de 2008, cese y nombramiento de los miembros del órgano de administración.
Sexto.- Ruegos y preguntas.
Séptimo.- Facultar a la persona que se designe para firmar cuantos documentos sean necesarios para inscribir en el Registro Mercantil los acuerdos adoptados.
Octavo.- Aprobar el acta de la reunión.
Se hace contar el derecho que asiste a cualquier accionista de obtener de las sociedad, de forma inmediata y gratuíta, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma y, en su caso, el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas (Artículo 212.2 Ley de Sociedades Anónimas).
Cádiz, 29 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial, doña Covadonga Herrero Udaondo.
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