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Documento BORME-C-2009-24733

NASECAD INVERSIONES, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FARWIN WORLDWIDE INVESTMENT, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 26423 a 26424 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-24733

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales de Accionistas de las entidades Nasecad Inversiones, SICAV, Sociedad Anónima y Farwin Worldwide Investment, SICAV, Sociedad Anónima reunidas todas ellas en segunda convocatoria en Madrid el 30 de junio de 2009, han acordado por unanimidad aprobar la fusión de dichas sociedades, sujeta a la condición suspensiva consistente en obtener la preceptiva autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, mediante la absorción por Nasecad Inversiones, SICAV, Sociedad Anónima de Farwin Worldwide Investment, SICAV, Sociedad Anónima, Nasecad Inversiones, SICAV, Sociedad Anónima, adquiere en bloque y a título universal el patrimonio de la sociedad absorbida, que se disuelve sin liquidación. La fusión se realiza tomando como Balances de Fusión los de las correspondientes sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2008, aprobados por las mencionadas Juntas Generales de Accionistas, si bien la situación patrimonial que reflejan dichos balances únicamente debe ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje aplicable y aprobada por las Juntas Generales de Accionistas se obtiene a partir de los respectivos valores liquidativos por acción de las sociedades intervinientes en la fusión, a fecha anterior a la celebración de las correspondientes juntas generales de las dos sociedades, esto es el 29 de junio de 2009, calculados de acuerdo con la normativa específica vigente para las Sociedades de Inversión de Capital Variable. De todo ello resulta la siguiente ecuaciones de canje:

10.136 acciones de Nasecad Inversiones, SICAV, Sociedad Anónima por cada 10.000 acciones de Farwin Worldwide Investment, SICAV, Sociedad Anónima.

Los picos de acciones de la sociedad absorbida, que representaran una fracción de acción de la sociedad absorbente, serán adquiridos por ésta a su valor liquidativo correspondiente al día anterior al de la celebración de las Juntas generales de accionistas de ambas sociedades, esto es el 29 de junio de 2009. En ningún caso, el importe en efectivo satisfecho por la sociedad absorbente podrá exceder del límite del 10 por 100 previsto en el artículo 247.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

La fusión se ha acordado conforme al Proyecto de Fusión elaborado por los respectivos Consejos de Administración de las sociedades intervinientes en la fusión, que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 13 de mayo de 2009, depósito que fue publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil de fecha 26 de mayo de 2009. Nasecad Inversiones, SICAV, Sociedad Anónima ha acordado, asimismo, no elevar el capital social inicial o mínimo de dos millones cuatrocientos cinco mil euros (2.405.000 euros) ni el capital estatutario máximo, veinticuatro millones cincuenta mil euros (24.050.000 euros), puesto que puede atender al canje de acciones derivado de la fusión sin necesidad de modificar estos capitales. La fusión se acuerda con arreglo a los principios de neutralidad fiscal, al acogerse la misma a lo previsto en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados por la misma, de los respectivos balances de fusión, y de las Certificaciones de los respectivos valores liquidativos por acción emitidos por la Sociedad Gestora de las dos sociedades fusionadas, Nordkapp Gestión, SGIIC, Sociedad Anónima.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cualquiera de las sociedades intervinientes en la fusión podrán ejercitar el derecho de oposición que les corresponde, que deberá ser ejercitado, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 166 de la referida Ley y en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 30 de junio de 2009.- Alberto Lucas Romaní, Secretario del Consejo de Administración de Nasecad Inversiones, SICAV, Sociedad Anónima y Farwin Worldwide Investment, SICAV, Sociedad Anónima.

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