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Documento BORME-C-2009-24728

KONECTA BTO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
KONECTANET CANARIAS, S.A.
KONECTA SERVICIOS INTEGRALES DE MARKETING, S.L.
KONECTA CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO, S.A.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 26417 a 26418 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-24728

TEXTO

El Socio Único de las entidades "Konecta BTO, S.L." (en adelante la "Sociedad", "BTO" o la "Sociedad Absorbente"), y "Konectanet Canarias S.A." (en adelante "Konectanet Canarias"), "Konecta Servicios Integrales de Marketing, S.L." (en adelante, "Konecta SIM") y "Konecta Centro Especial de Empleo, S.A." (en adelante, "Konecta CEE"), las tres últimas, en adelante, las "Sociedades Absorbidas", ha decidido, el pasado día 30 de junio de 2009, aprobar la fusión por absorción de las compañías "Konectanet Canarias", "Konecta SIM" y "Konecta CEE", por parte de "BTO", con extinción sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas. Dicha fusión fue aprobada en los términos que constan en el Proyecto de Fusión suscrito por los administradores de todas las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Madrid, Las Palmas y Tenerife, señalándose el 1 de enero de 2009 como fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedades absorbidas han de considerarse realizadas a efectos contables por la sociedad absorbente. Las Sociedades Absorbidas y la Sociedad Absorbente están íntegramente participadas, de forma directa, por la sociedad "Grupo Konectanet, S.L." por lo que la fusión, se ha acordado en los términos del artículo 250.2 de la Ley de Sociedades Anónimas vigente el día de la adopción del acuerdo de fusión sin que se vaya a producir aumento de capital en la Sociedad Absorbente como consecuencia de la misma por lo que no hay referencia a tipo ni procedimiento de canje alguno ni fecha de participación en las ganancias sociales por parte de nuevas participaciones. Asimismo se aprobaron como balances de fusión los cerrados a 31 de diciembre de 2008 de las sociedades intervinientes.

No existen titulares de acciones o participaciones de clases especiales en las Sociedades Absorbidas, ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones o participaciones de las Sociedades Absorbidas, por lo que no se otorgarán en la Sociedad absorbente participaciones o derechos especiales de ningún tipo. No procediendo la intervención de experto independiente, no se ha atribuido ventaja alguna ni privilegio alguno a expertos independientes, ni a los administradores de las sociedades que se fusionan.

Como consecuencia de la fusión, se ha procedido a la modificación de los artículos de los estatutos de la sociedad absorbente relativos a su objeto lo cual se anunciará oportunamente.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 30 de junio de 2009.- D. Jesús Vidal Barrio Rivas, representante persona física de Konectanet Comercialización, S.L. que es Administrador Solidario de KOonectaA BTO, S.L., representante persona física de Konectanet Centro Especial de Empleo, S.A., que es administrador único de Konectanet Canarias, S.A. Representante persona física de Konectanet Canarias, S.A. que es Administrador Único de Konecta Centro Especial de Empleo, S.A., y representante persona física de Konecta BTO, S.L. que es Administrador Único de Konecta Servicios Integrales de Marketing, S.L.

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