Está Vd. en

Documento BORME-C-2009-24725

HOSTAL TIJCAL TRES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TIJCAL RESTAURANTE, SOCIEDAD LIMITADA
Y HOSTAL TIJCAL DOS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 26413 a 26413 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-24725

TEXTO

De conformidad con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de "Hostal Tijcal Tres, Sociedad Limitada", Tijcal Restaurante, Sociedad Limitada"y"Hostal Tijcal Dos, Sociedad Limitada Unipersonal", celebradas el 18 de junio de 2009, respectivamente aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante absorción por"Hostal Tijcal Tres, Sociedad Limitada", de"Tijcal Restaurante, Sociedad Limitada"y de"Hostal Tijcal Dos, Sociedad Limitada", conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación las sociedades absorbidas, transmitiendo en bloque su patrimonio social a la sociedad absorbente y en consecuencia esta última se subroga en todos los derechos y obligaciones de las entidades absorbidas, sin limitación alguna, tomando el día de adopción de los acuerdos de fusión, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por las sociedades absorbidas se considerarán computables, a efectos contables, en la sociedad absorbente.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 15 de abril de 2009, con la ampliación de capital que se establecía en el proyecto de fusión, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de las sociedades absorbidas.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales Universales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 18 de junio de 2009.- Los Administradores Solidarios de “Hostal Tijcal Tres, Sociedad Limitada” y “Hostal Tijcal Dos, Sociedad Limitada”, Don Marcelo Roberto Perrelli Mascioli y Don Eduardo Segura Muñoz, y el Administrador Único de “Tijcal Restaurante, Sociedad Limitada”, Don Eduardo Segura Muñoz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid