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Documento BORME-C-2009-22410

CÍTRICOS DEL ANDARAX, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 23987 a 23987 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-22410

TEXTO

En cumplimiento del artículo 158 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que la Junta General de Accionistas de CÍTRICOS DEL ANDARAX, S.A. (la "Sociedad") celebrada el 26 de junio de 2009 ha acordado un aumento de su capital social, cuyos términos y condiciones más relevantes se detallan a continuación: Importe aumentando y acciones a emitir: El capital social se aumenta en un importe nominal de 5.921.446,08 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 39.408 acciones de 150,26 euros de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las acciones de la Sociedad actualmente en circulación. Tipo de emisión: Las nuevas acciones se emiten a la par, por lo que el importe a desembolsar por los suscriptores es de 150,26 euros por acción. Suscripción: Los accionistas de la Sociedad que lo sean al día de la publicación de este anuncio tendrán derecho preferente para la suscripción de una acción nueva por cada una de las antiguas, desde el día de hoy y hasta que transcurra el plazo legalmente previsto de un mes desde la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. En el supuesto de que existieran acciones no suscritas tras el período de suscripción preferente, éstas se ofrecerán a los accionistas que así lo hayan solicitado, en el plazo de siete días siguientes al de finalización del plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente. Si transcurrido este último plazo de siete días no se hubieran suscrito la totalidad de las acciones, se tendrá por aumentando el capital en la cantidad finalmente suscrita. Para ejercitar los derechos de suscripción preferente y, en su caso, solicitar la suscripción de acciones adicionales, los accionistas deberán dirigirse a la Sociedad, indicando su voluntad de ejercitar sus derechos de suscripción preferente y, en su caso, de solicitar la suscripción de acciones adicionales. Desembolso: Las acciones deberán ser íntegramente desembolsadas en el momento de la suscripción. Modificación Estatutos: El Consejo de Administración modificará el artículo de los Estatutos Sociales relativo al capital social, en el sentido que resulte del importe finalmente suscrito y desembolsado.

Gádor (Almería), 29 de junio de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración.

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