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Documento BORME-C-2009-22305

VITRO CRISTALGLASS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VITRO CRISTALGLASS ASTURIAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
VITRO CRISTALGLASS GALICIA, S.L.U
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
VITRO CRISTALGLASS VALENCIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
VITRO CRISTALGLASS MÁLAGA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 122, páginas 23881 a 23881 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-22305

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta general ordinaria, extraordinaria y universal de socios de "Vitro Cristalglass, S.L.", celebrada el 21 de mayo de 2009, y en virtud de las decisiones de socio único, ejercitando el mismo todos los poderes de cada una de las Juntas generales de socios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 2/1995, de "Vitro Cristalglass Asturias, S.L.U.", de "Vitro Cristalglass Galicia, S.L.U.", de "Vitro Cristalglass Valencia, S.L.U.", y de "Vitro Cristalglass Málaga, S.L.U.", todas adoptadas el 21 de mayo de 2009; se adoptó por unanimidad, entre otros, el siguiente acuerdo:

Aprobar la fusión por absorción de "Vitro Cristalglass, S.L.", de las sociedades íntegramente participadas por ésta, "Vitro Cristalglass Asturias, S.L.U.", "Vitro Cristalglass Galicia, S.L.U.", "Vitro Cristalglass Valencia, S.L.U.", y "Vitro Cristalglass Málaga, S.L.U.", según el proyecto de fusión de fecha 22 de abril de 2009, aprobado por todos los Administradores de las sociedades que se fusionan y depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

Se hace constar expresamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y en el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, que durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último anuncio del antedicho acuerdo de fusión de la Junta general de "Vitro Cristalglass, S.L." y del socio único de cada una de las demás sociedades participantes en la fusión, los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar asimismo el derecho que asiste a todos los socios, los representantes de los trabajadores y acreedores de las sociedades intervinientes en la presente fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión.

Fuenlabrada, 30 de junio de 2009.- León Barriola Urruticoechea, Vicesecretario no Consejero del Consejo de Administración de "Vitro Cristalglass, S.L.".-El Secretario del Consejo de Administración de "Vitro Cristalglass Asturias, S.L.U.", de "Vitro Cristalglass Galicia, S.L.U.", de "Vitro Cristalglass Valencia, S.L.U.", y de "Vitro Cristalglass Málaga, S.L.U.".

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