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Documento BORME-C-2009-20173

TEKA INDUSTRIAL, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LACKEY, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 21658 a 21658 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-20173

TEXTO

Anuncio de fusión

Las Juntas Generales Extraordinarias de "Teka Industrial, S.A." y de "Lackey, S.A." de fecha 19 de mayo de 2009, acordaron por unanimidad la fusión de ambas sociedades de acuerdo con el proyecto de fusión aprobado por sus respectivos Consejos de Administración y depositado en los Registros Mercantiles de Santander y Zaragoza, en los siguientes términos:

A) La fusión de las sociedades se efectúa mediante la absorción de "Lackey, S.A." por parte de "Teka Industrial, S.A." sin que proceda efectuar en ésta ninguna ampliación de capital, al ser "Teka Industrial, S.A." dueña de la totalidad del capital social de "Lackey, S.A." y no producirse por tanto canje alguno de acciones.

B) El patrimonio de "Lackey, S.A." se traspasa en bloque, a título universal, a "Teka Industrial, S.A.", quien se hace cargo de todos los bienes, derechos y obligaciones de cualquier tipo, así como de todas las actividades de "Lackey, S.A.", con disolución sin liquidación de esta última.

C) Se considera y se aprueba como Balance de fusión, el cerrado al día 31 de diciembre de 2008, siendo el 1 de enero de 2009 la fecha a partir de la cual se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente las operaciones de la sociedad absorbida.

D) No procede modificar los Estatutos de la sociedad absorbente ya que el objeto social de la absorbida es una actividad que forma parte del de la primera. Asimismo, dado que como se ha expuesto, se trata de una fusión por absorción, se mantendrán los Administradores de "Teka Industrial, S.A.", cesando los de "Lackey, S.A.".

E) No existen acciones ni derechos especiales en las sociedades absorbente o absorbida, no concediéndose ninguna ventaja a los Administradores de la sociedad absorbente, ni a expertos independientes al no haber sido precisa su intervención, conforme a lo establecido por el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas

Se pone en conocimiento de los socios y acreedores de ambas sociedades que pueden obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado y el Balance de Fusión, así como que los últimos pueden oponerse a la misma, en el plazo de un mes desde la última publicación de este anuncio y en los términos legales

Madrid, 5 de junio de 2009.- El Secretario de los Consejos de Administración. D. Alberto Díaz Guijarro.

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