Contido non dispoñible en galego
A los efectos previstos en los artículos 42 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica el acuerdo de consejo de administración celebrado el día 27 de noviembre de 2008 sobre la exigencia a los accionistas del desembolso en metálico de la totalidad de los dividendos pasivos, correspondientes al 75 por cien del valor nominal de las acciones que integran el capital social. Dichos desembolsos deben hacerse mediante ingreso en la cuenta de la sociedad antes del día 30 de abril de 2009.
Valencia, 3 de junio de 2009.- El Presidente, Don Ricardo Bono Espejo.
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