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Documento BORME-C-2009-19455

SOCIEDAD ANÓNIMA DISTRIBUIDORA DE EDICIONES
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONTROL, ALMACENAJE, Y EXPORTACIÓN, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 106, páginas 20909 a 20909 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-19455

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto regulado de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de las Sociedades "Sociedad Anónima Distribuidora de Ediciones." (Sociedad absorbente), y "Control, Almacenaje y Exportación, S. L. Unipersonal" (Sociedad absorbida), celebradas el día 18 de Mayo de 2009, acordaron por unanimidad su fusión, mediante la absorción por la primera ("Sociedad Anónima Distribuidora de Ediciones") de la segunda ("Control, Almacenaje y Exportación, S. L. Unipersonal"), adquiriendo, en consecuencia, la Sociedad absorbente, por sucesión universal, el total patrimonio de la Sociedad absorbida, que queda disuelta y extinguida sin apertura del período de liquidación.

Dichos acuerdos de fusión fueron adoptados conforme al Proyecto de Fusión que consta depositado en el Registro Mercantil de Barcelona. Asimismo, se aprobó como balance de fusión, en ambos casos, el cerrado al día 31 de diciembre de 2008.

Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán efectuadas por la sociedad absorbente, a efectos contables, desde el día 1 de enero de 2009.

La sociedad absorbente es titular de la totalidad del capital social de la sociedad absorbida, por lo que no se ha procedido a adoptar ningún acuerdo de ampliación de capital.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, tampoco ha sido necesario proceder al canje de acciones, ni a la elaboración del informe de los Administradores, ni del informe de experto independiente sobre el proyecto de fusión.

Ha sido puesta a disposición de los socios y representantes de los trabajadores la documentación específica señalada en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

De conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar, de forma expresa, el derecho de los socios y acreedores de cada una de las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.

Madrid, 28 de mayo de 2009.- M.ª del Rosario Gomis Cañete, Señora Secretario no Consejero de los Consejos de Administración de “Sociedad Anónima Distribuidora de Ediciones” y de “Control, Almacenaje y Exportación, S. L. Unipersonal”.

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