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Documento BORME-C-2009-19148

AUTOS MARCOS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AUTO SEBRO, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 104, páginas 20590 a 20590 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-19148

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público para general conocimiento que, por un lado, el Accionista Único de la sociedad "Auto Sebro, S.A.U.", y por otro lado, la Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada con carácter universal de "Autos Marcos, S.A.", en fecha 19 de mayo de 2009, acordaron la operación de fusión por absorción en virtud de la cual la sociedad "Autos Marcos, S.A.", absorbe a la sociedad "Auto Sebro, S.A.U.", mediante la transmisión a favor de "Autos Marcos, S.A.", de la totalidad de activos y pasivos de éstas últimas, todo ello, sobre la base de las menciones y términos que se recogen en el proyecto de fusión suscrito por todos los órganos de administración de las sociedades intervinientes, con fecha 27 de abril de 2009, debidamente presentado a depósito en el Registro Mercantil de Alicante con fecha 11 de mayo de 2009. Se aprobó por cada una de las sociedades involucradas en la presente operación, como balance de fusión el cerrado a fecha 31 de diciembre de 2008.

Dado que la totalidad de las acciones representativas del 100% del capital social de la mercantil "Auto Sebro, S.A.U." (Sociedad Absorbida), son íntegramente titularidad de "Autos Marcos, S.A." (Sociedad Absorbente), a la presente fusión le son de aplicación las normas y preceptos que se recogen en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas y normas concordantes.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el balance de fusión y cuanta otra documentación así les facultase la legislación vigente, toda la cual se encuentra a disposición de éstos en los respectivos domicilios sociales. Los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión podrán oponerse a la misma en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Alicante, 19 de mayo de 2009.- Don Francisco Joaquín Marcos Bañuls, Administrador Único de Auto Sebro, S.A.U., y adicionalmente Administrador Solidario de Autos Marcos, S.A.

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