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Documento BORME-C-2009-18984

CANTERAS ORTIZ, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PALACIO ENRIQUE IV, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 103, páginas 20414 a 20414 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-18984

TEXTO

De conformidad con los artículos 234, 235 y 250 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Anónimas y con el artículo 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, se hace público que las Juntas Generales Universales de "Canteras Ortiz, Sociedad Anónima", y de "Palacio Enrique IV, Sociedad Limitada", celebradas el 24 de mayo de 2009, respectivamente aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante absorción por "Canteras Ortiz, Sociedad Anónima", de "Palacio Enrique IV, Sociedad Limitada", conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación "Palacio Enrique IV, Sociedad Limitada", transmitiendo en bloque su patrimonio social a "Canteras Ortiz, Sociedad Anónima", y en consecuencia la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de diciembre de 2008, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables, a efectos contables, en la sociedad absorbente.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 30 de noviembre de 2008, sin modificaciones de capital, al ser propietaria la sociedad absorbente directamente de la totalidad de las participaciones sociales de la absorbida, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales Universales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 24 de mayo de 2009.- El Administrador Único de “Canteras Ortiz, Sociedad Anónima”, Cosme Aranguren Gallego, y el Administrador Único de “Palacio Enrique IV, Sociedad Limitada”, Félix Ortiz Postigo.

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