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Documento BORME-C-2009-18815

DORLET, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
DORLET SYSTEM 2008, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN BENEFICIARIA
DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 102, páginas 20242 a 20242 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-18815

TEXTO

ANUNCIO DE ESCISIÓN PARCIAL CON REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Universal de Accionistas de la Compañía mercantil "Dorlet, S.A. Sociedad Unipersonal", celebrada el 22 de mayo de 2009, se adoptó por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la mercantil "Dorlet, S.A. Sociedad Unipersonal", mediante la segregación de una parte de su patrimonio social, consistente en un conjunto de elementos patrimoniales susceptibles de constituir una unidad económica autónoma y su traspaso en bloque a favor de la entidad beneficiaria de nueva creación "Dorlet System 2008, S.L., Sociedad Unipersonal", sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión. Asimismo se acordó por unanimidad la consecuente reducción de capital por importe de 16.076,75 euros mediante la amortización de 2.675 acciones de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas. La sociedad beneficiaria se subroga en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido. Asimismo se aprobó como balance de escisión el balance cerrado al 31 de Diciembre de 2008, que ha sido debidamente auditado en cumplimiento de lo previsto en el artículo 239 de la Ley citada anteriormente. Todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial, suscrito por todos los miembros del Consejo de Administración el pasado 5 de mayo de 2009 y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Álava el 19 de mayo de 2009.

De conformidad con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, representantes de los trabajadores y acreedores de la sociedad que se escinde, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Escisión. Asimismo y durante el plazo de un mes, contado a partir de la última fecha del anuncio del acuerdo de la Junta General, los acreedores de la sociedad escindida podrán oponerse a la escisión, conforme a lo establecido en el artículo 166 de la citada Ley.

Miñano Mayor, 23 de mayo de 2009.- La Secretaria, D.ª Ana Isabel Bengoetxea Bilbao.- V.º B.º Presidente, D. Alexander Gaztañaga Mazmela.

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