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Documento BORME-C-2009-18810

ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS ORTOPÉDICOS TOTALES,
SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NOVA ORTOPEDIA VALENCIA, SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 102, páginas 20237 a 20237 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-18810

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94.1 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en relación con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en fecha 21 de abril de 2009, la Junta Universal de Socios de Organización de Servicios Ortopédicos Totales, Sociedad Limitada (Sociedad Absorbente) y el Socio Único de Nova Ortopedia Valencia, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbida), han acordado por unanimidad la fusión por absorción simplificada de las mencionadas sociedades, de acuerdo con los términos establecidos en el Proyecto de Fusión, suscrito en fecha 24 de febrero de 2009, por el Administrador Único de ambas sociedades.

La sociedad absorbida se disolverá sin liquidación, transmitiendo en bloque, a título de sucesión universal, todo su patrimonio a la entidad absorbente, que se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la absorbida. No se produce aumento de capital en la entidad absorbente, ni canje alguno de acciones. Las operaciones de la sociedad a extinguir se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente desde el día 1 de enero de 2009. No se otorga ningún tipo de derechos especiales ni ventajas a socios ni administradores.

A los efectos de lo establecido en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en relación con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público el derecho de los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión. Se informa igualmente a los señores acreedores de su derecho a oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en relación con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Valencia, 18 de mayo de 2009.- José Bernardo Noblejas Pérez, Administrador Único de Organización de Servicios Ortopédicos Totales, Sociedad Limitada y de Nova Ortopedia Valencia, Sociedad Limitada Unipersonal.

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