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Documento BORME-C-2009-18627

AGRUPACIÓ ENERGÍAS RENOVABLES, S.A.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
IBERIAN RENOVABLES CORPORACIÓN, S.A.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
PARQUE EÓLICO SIGLOS, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
PARQUE EÓLICO BANCAL, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
PARQUE EÓLICO RÍO GÁLLEGO, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
GUIJOSA EÓLICA, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL
EXPLOTACIONES EÓLICAS PLANA DE MARÍA, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
EÓLICA BOSQUE ALTO, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 20048 a 20049 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-18627

TEXTO

ANUNCIO DE FUSIÓN

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que, el Accionista único de AGRUPACIÓ ENERGÍAS RENOVABLES, S.A. Sociedad Unipersonal, (Sociedad absorbente), en fecha 22 de mayo de 2009, así como el Accionista único de IBERIAN RENOVABLES CORPORACIÓN, S.A. Sociedad Unipersonal, PARQUE EÓLICO SIGLOS, S.L. Sociedad Unipersonal, PARQUE EÓLICO BANCAL, S.L. Sociedad Unipersonal, PARQUE EÓLICO RÍO GÁLLEGO, S.L. Sociedad Unipersonal, GUIJOSA EÓLICA, S.A. Sociedad Unipersonal, EXPLOTACIONES EÓLICAS PLANA DE MARÍA, S.L. Sociedad Unipersonal y EÓLICA BOSQUE ALTO, S.A. Sociedad Unipersonal, (Sociedades absorbidas), en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General de Accionistas, en fecha 22 de mayo de 2009, han acordado, todas ellas, la fusión de las mencionadas Sociedades mediante la absorción por parte de AGRUPACIÓ ENERGÍAS RENOVABLES, S.A. Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbente), de IBERIAN RENOVABLES CORPORACIÓN, S.A. Sociedad Unipersonal, PARQUE EÓLICO SIGLOS, S.L. Sociedad Unipersonal, PARQUE EÓLICO BANCAL, S.L. Sociedad Unipersonal, PARQUE EÓLICO RÍO GÁLLEGO, S.L. Sociedad Unipersonal, GUIJOSA EÓLICA, S.A. Sociedad Unipersonal, EXPLOTACIONES EÓLICAS PLANA DE MARÍA, S.L. Sociedad Unipersonal y EÓLICA BOSQUE ALTO, S.A. Sociedad Unipersonal, (Sociedades absorbidas), con la transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la Sociedad absorbente, y disolución sin liquidación de todas las Sociedades absorbidas.

De conformidad con lo establecido en el mencionado artículo 242 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los respectivos Balances de fusión. Del mismo modo, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de conformidad con lo previsto en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona a, 22 de mayo de 2009.- Don Ricardo Peris Reig y don Derek Alan Henderson, Administradores Mancomunados de AGRUPACIÓ ENERGÍAS RENOVABLES, S.A. Sociedad Unipersonal (Sociedad absorbente), y don Ricardo Peris Reig y don Roberto Navarro Aragay, Administradores Mancomunados de IBERIAN RENOVABLES CORPORACIÓN, S.A. Sociedad Unipersonal, PARQUE EÓLICO SIGLOS, S.L. Sociedad Unipersonal, PARQUE EÓLICO BANCAL, S.L. Sociedad Unipersonal, PARQUE EÓLICO RÍO GÁLLEGO, S.L. Sociedad Unipersonal, GUIJOSA EÓLICA, S.A. Sociedad Unipersonal, EXPLOTACIONES EÓLICAS PLANA DE MARÍA, S.L. Sociedad Unipersonal y EÓLICA BOSQUE ALTO, S.A. Sociedad Unipersonal (Sociedades absorbidas).

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