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Por decisión del socio único, de 25 de mayo de 2009, se acordó, de conformidad con las mayorias requeridas por el artículo 53 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, la disolución de la sociedad Transimaz, Sociedad Limitada, y la cesión de su totalidad del patrimonio social, integrado por su activo y su pasivo a su unico socio, la mercantil Servicios Logísticos GlobalesTransimaz, Sociedad Limitada.
Lo acreedores de la sociedad cedente y de la cesionaria tienen derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, a abtener el texto integro del acuerdo de cesión y a oponerse a la misma en las condiciones y con los efectos previstos para el caso de fusión.
Alsasua, 25 de mayo de 2009.- El Administrador Único, Carlos crespo Franco.
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