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Documento BORME-C-2009-18266

CLUB CIUDAD REAL, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 19662 a 19662 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2009-18266

TEXTO

Anuncio sustitución de títulos.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y en cumplimiento del acuerdo de la Junta General Extraordinaria de accionistas convocada judicialmente según edicto del Juzgado de 1ª Instancia número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, de fecha 1 de marzo de 2007, celebrada el 27 de abril de 2007, en la que se reactivó la sociedad, se acordó la ampliación de capital al mínimo legal, pasando las acciones al portador de 2000 pesetas nominales emitidas inicialmente a 54,637464 euros y se adaptaron los estatutos a la Ley de Sociedades Anónimas vigente y cumpliendo el acuerdo del Consejo de Administración de fecha 20 de mayo de 2009, que prevén la sustitución de las únicas acciones al portador de la sociedad actualmente emitidas por otras acciones al portador a emitir por la sociedad, se procede a publicar el anuncio de canje de títulos de la sociedad que prevé el artículo 59 antes mencionado. Por ello, se pone en conocimiento de todos los accionistas de la sociedad que se va a proceder al canje de las acciones al portador actualmente emitidas por las nuevas acciones al portador a emitir, para su adaptación a las nuevas situaciones creadas, de conformidad a los acuerdos de la Junta general y del Consejo de Administración antes citados. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de sustitución de títulos, los accionistas podrán presentar en el despacho del abogado y Presidente del Consejo de Administración Don Joaquín Fernández Rodríguez-Patiño, sito en Ciudad Real (distrito postal 13001), calle de Alarcos número 8 entreplanta, las acciones al portador de las que sean titulares para su canje. Al ser los títulos al portador, quedarán depositados por cuenta de quien justifique su titularidad de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, entregándosele tras tal justificación un resguardo provisional justificativo de las acciones depositadas, que será nominativo y se desprenderá del correspondiente talonario de resguardos provisionales que han sido emitidos. Transcurrido dicho plazo se procederá a la anulación de las acciones al portador actualmente emitidas por la sociedad que no se presenten al canje o cuya titularidad no haya sido acreditada. Los títulos anulados serán sustituidos por otros, cuya emisión se anunciará igualmente en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en el diario o diarios en los que se hubiera producido el anuncio del canje. Transcurridos tres años desde el día de la constitución del depósito, los títulos emitidos en lugar de los anulados podrán ser vendidos por la sociedad por cuenta y riesgo de los interesados y a través de un miembro de la bolsa, si estuviesen admitidos a negociación en el mercado bursátil, o con la intervención de Notario si no lo estuviesen. El importe líquido de la venta de los títulos será depositado a disposición de los interesados en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos.

Ciudad Real, 22 de mayo de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración, Juan Julián Gómez Tarodo.

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