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Documento BORME-C-2009-18169

EPTISA GRUPO EMPRESARIAL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EPTISA SERVICIOS DE INGENIERÍA, S.A.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 19564 a 19564 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-18169

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, en virtud de la remisión hecha por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que, con fecha 26 de mayo de 2009, la Junta General de Socios de "Eptisa Grupo Empresarial, S.L." (Sociedad Absorbente) y el Accionista Único de "Eptisa Servicios de Ingeniería, S.A. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad Absorbida), aprobaron la fusión por la que "Eptisa Grupo Empresarial, S.L." absorbe a "Eptisa Servicios de Ingeniería, S.A. (Sociedad Unipersonal)". Los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes son los cerrados a 31 de diciembre de 2008.

La fusión se acordó sobre la base del Proyecto de Fusión suscrito por los Órganos de Administración de la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida el día 31 de marzo de 2009, que fue presentado a depósito en el Registro Mercantil de Madrid y efectivamente depositado el 4 de mayo de 2009, y con los Balances de Fusión de las sociedades intervinientes cerrados el 31 de diciembre de 2008, siendo dichos documentos aprobados por la Junta General de Socios de "Eptisa Grupo Empresarial, S.L." (Sociedad Absorbente) y el Accionista Único de "Eptisa Servicios de Ingeniería, S.A. (Sociedad Unipersonal)" (Sociedad Absorbida), con fecha 26 de mayo de 2009.

La fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad Absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad Absorbente, se retrotraerá al 1 de enero de 2009.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y/o accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del tercer anuncio de fusión, en los términos regulados por los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión hecha por el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Madrid, 26 de mayo de 2009.- D. Gonzalo Gallardo de Prado, en su condición de Secretario no Consejero del Consejo de Administración de “Eptisa Grupo Empresarial, S.L.”, y doña Mara Viejo Sastre, en su condición de Secretario no Consejero del Consejo de Administración de “Eptisa Servicios de Ingenieria, S.A.(Sociedad Unipersonal)“.

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