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Documento BORME-C-2009-1541

XAMAR, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOLUCIONES TEXTILES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 24, páginas 1626 a 1627 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-1541

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 242 del TRLSA, se hace público que las Juntas generales Extraordinarias de las Compañías "XAMAR, S.A." (Absorbente) y de SOLUCIONES TEXTILES, S.L. (Absorbida) celebradas con carácter Universal el día 17 de diciembre de 2008, aprobaron por unanimidad la Fusión de ambas compañía, mediante la Absorción de "SOLUCIONES TEXTILES, S.L” por parte de "XAMAR, S.A.” procediéndose a la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, así como el consiguiente traspaso en bloque de su patrimonio, tanto activo como pasivo, a favor de la sociedad absorbente, que lo adquiere como sucesora universal, todo ello con aprobación y ajustándose al proyecto de fusión de fecha 17 de noviembre de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 21/11/2008, inscrito el día 26/11/2008, número de entrada 28167447/2611, número de asiento 3.775, número de proyecto 534, número diario 1.045, habiéndose extendido la correspondiente nota al margen de la inscripción 15ª, obrante en el folio 68, del tomo 10285, hoja B-34464 en cuanto a la sociedad absorbente "XAMAR, S.A.", y la nota al margen de la inscripción 1ª, obrante en el folio 122, del tomo 37.231, hoja B303664 en cuanto a la sociedad absorbida "SOLUCIONES TEXTILES, S.L.".

De conformidad al proyecto mencionado, la Fusión tendrá efectos contables a partir de la fecha del otorgamiento de la escritura de fusión por absorción, correspondiendo los balances de fusión a los cerrados el día 31 de diciembre de 2008, por las compañías "XAMAR, S.A." (absorbente) y de "SOLUCIONES TEXTILES, S.L.” (absorbida) y aprobados el día 1 de enero de 2009, por acuerdo unánime de las Juntas Generales de la compañía absorbente y absorbida, respectivamente.

La fusión por absorción no introducirá ninguna modificación en los Estatutos de la Sociedad absorbente. No existen en las sociedades fusionadas clases especiales de acciones ni derechos especiales distintos de las acciones susceptibles de recibir derechos u opciones especiales de los vistos en el apartado e) del artículo 235 TRLSA. No existen en las sociedades fusionadas clases especiales de acciones ni derechos especiales distintos de las acciones susceptibles de recibir derechos u opciones especiales de los vistos en el apartado e) del artículo 235 del TRLSA. No se atribuyen tampoco ventajas de ninguna clase a los Administradores de las sociedades que se fusionan.

Se hace constar de conformidad al artículo 238 TRLSA, el derecho que asiste a los señores accionistas, acreedores de las sociedades que se fusionan y representantes de los trabajadores, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como la restante documentación señalada en dicho precepto.

Asimismo, se hace constar que según el Art. 243 del TRLSA los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el Art. 166 del TRLSA, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

En Barcelona, 1 de enero de 2009.- El administrador único de "XAMAR, S.A." Fdo. FRANCISCO JAVIER MARÍN MONTES, y el Administrador único de "SOLUCIONES TEXTILES, S.L.". Fdo. Fernando Marín Montes.

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