Está Vd. en

Documento BORME-C-2009-14584

GRUPO DE OBRAS CEDISUR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LOS PRADOS DE PINTO, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 15515 a 15515 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-14584

TEXTO

De conformidad con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de “Grupo de Obras Cedisur, Sociedad Limitada” y de “Los Prados de Pinto, Sociedad Limitada”, celebradas el 24 de abril de 2009, respectivamente aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante absorción por “Grupo de Obras Cedisur, Sociedad Limitada” de “Los Prados de Pinto, Sociedad Limitada” conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación “Los Prados de Pinto, Sociedad Limitada”, transmitiendo en bloque su patrimonio social a “Grupo de Obras Cedisur, Sociedad Limitada”, y en consecuencia la sociedad absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la entidad absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de enero de 2009, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables, a efectos contables, en la sociedad absorbente.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 31 de diciembre de 2008, y con la ampliación de capital que se establecía en el proyecto de fusión, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales Universales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Getafe, 24 de abril de 2009.- Los Administradores Mancomunados de “Grupo de Obras Cedisur, Sociedad Limitada”, don Javier Gutiérrez Cruz, don José Luis Gutiérrez Cruz, y don César Gutiérrez Cruz, y el Administrador Único de “Los Prados de Pinto, Sociedad Limitada”, doña Josefa Cruz Rostro.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid