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Documento BORME-C-2008-96210

FRANCE TELECOM ESPAÑA, S. A. (Sociedad absorbente) FRANCE TELECOM ESPAÑA INTERNET SERVICE PROVIDER, S. A. Sociedad unipersonal YAONLINE PROVEEDOR DE SERVICIOS DE INTERNET, S. L. Sociedad unipersonal YACOM TRAVEL MARKETS, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 15897 a 15897 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-96210

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general de accionistas de France Telecom España, S.A., y los correspondientes socios y accionista únicos, según proceda, de France Telecom España Internet Service Provider, S.A.U., Yaonline Proveedor de Servicios de Internet, S.L.U., y Yacom Travel Markets, S.L.U., han aprobado con fecha 19 de mayo de 2008 la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por France Telecom España, S.A., de France Telecom España Internet Service Provider, S.A.U., Yaonline Proveedor de Servicios de Internet, S.L.U., y Yacom Travel Markets, S.L.U. Las sociedades absorbidas se disuelven sin liquidación y transmiten en bloque la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones. Los acuerdos de fusión se han adoptado en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 3 de abril de 2008. Los Balances de fusión de cada una de las sociedades participantes son los cerrados a 31 de diciembre de 2007, que fueron aprobados en la citada Junta General de accionistas y por los socios y accionista únicos antes referidos. La fecha a partir de la cual las operaciones de las sociedades absorbidas habrán de considerarse a efectos contables y fiscales por cuenta de la sociedad absorbente, será la del 1 de julio de 2008, no concediéndose ningún tipo de derechos especiales a los socios ni de ventajas a los Administradores de las sociedades participantes en la fusión. Como la sociedad absorbente es titular, de forma directa o indirecta, de todas las acciones y participaciones sociales en que se divide el capital de las sociedades absorbidas, no es necesario efectuar ampliaciones de capital ni entregar nuevas acciones a los socios, ni ha lugar a establecer relación de canje ni procedimiento de canje.

Se hace constar el derecho que corresponde a los accionistas, socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en el proceso de fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de oposición, que durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión, pueden ejercer los acreedores de las sociedades que se fusionan, de conformidad con el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Pozuelo de Alarcón (Madrid), 19 de mayo de 2008.-Fernando Ballestero Díaz, Secretario del Consejo de Administración de France Telecom España, S.A.; Jean-Marc Vignolles y Eduardo Duato Salmerón, Administradores Mancomunados de France Telecom España Internet Service Provider, S.A.U., y Guillermo Mercader Herrero, Administrador Único de Yaonline Proveedor de Servicios de Internet, S.L.U., y Yacom Travel Markets, S.L.U.-33.703. 2.ª 22-5-2008

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