Contido non dispoñible en galego
Convocatoria de Junta General Ordinaria de Socios
El Presidente del Consejo de Administración de Crediaval, Sociedad de Garantía Recíproca, en uso de la facultad atribuida por este Órgano, en su reunión del día 26 de marzo de 2008, ha acordado convocar la Junta General Ordinaria de Socios, que tendrá lugar en la sede de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Córdoba, sita en la calle Pérez de Castro, número 1, de Córdoba, para el lunes, 23 de Junio de 2008, a las doce horas treinta minutos, en primera convocatoria, y en segunda convocatoria, para el día 24 de Junio, martes, en el mismo lugar y hora, para la que se prevé la celebración de la Junta General Ordinaria de Socios, con el siguiente
Orden del día
Primero.-Informe del Presidente. Segundo.-Examen y aprobación, si procede, de las Cuentas Anuales e Informe de Gestión del ejercicio 2007 y aplicación de resultados. Aprobación de la gestión social. Tercero.-Aprobación del proyecto de fusión y consiguiente aprobación de la fusión por absorción de la Sociedad Crediaval Sociedad de Garantía Recíproca (Sociedad Absorbida) por parte de Sociedad de Garantía Recíproca de Andalucía Suraval (Sociedad Absorbente) mediante disolución de Crediaval Sociedad de Garantía Recíproca con cesión global del activo y pasivo de la Sociedad e integración en Suraval Sociedad de Garantía Recíproca (artículo 59.1.f. de la Ley de Sociedades de Garantía Recíprocas). Acogimiento de la fusión al Régimen Tributario establecido en el Capítulo VIII, Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Cuarto.-Fijación del límite máximo de las dedudas a garantizar por la Sociedad durante el ejercicio 2008. Quinto.-Nombramiento de Auditores. Sexto.-Delegación de facultades. Séptimo.-Ruegos y Preguntas. Octavo.-Aprobación del Acta.
A partir de esta fecha cada socio podrá ejercitar su derecho de información, de conformidad con el artículo 29 de los Estatutos Sociales y artículo 112 y 212 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas. En especial, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta, los socios podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes.
Igualmente, de conformidad con el artículo 240.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se informa que los señores socios, los acreedores sociales y los representantes de los trabajadores tienen derecho a examinar en el domicilio social, así como obtener la entrega o envio gratuito del texto íntegro de los siguientes documentos (artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas):
a) El proyecto de fusión.
b) El informe del experto independiente sobre el proyecto de fusión. c) Los informes de los administradores de cada una de las sociedades sobre el proyecto de fusión. d) Las cuentas anuales y el informe de gestión de los tres últimos ejercicios de las sociedades que participan en la fusión, con el correspondiente informe de los auditores de cuentas. e) Las cuentas anuales y el informe de gestión correspondientes al ejercicio 2007, con el correspondiente informe de los auditores de cuentas. f) El texto íntegro de las modificaciones que hayan de introducirse en los estatutos de la sociedad absorbente. g) Los estatutos vigentes de las sociedades que participan en la fusión. h) La relación de nombres, apellidos y edad, si fueran personas físicas o la denominación o razón social si fueran personas jurídicas y, en ambos casos, la nacionalidad y domicilio de los administradores de las sociedades que participan en la fusión, la fecha desde la que desempeñan sus cargos y en su caso, las mismas indicaciones de quienes vayan a ser propuestos como administradores como consecuencia de la fusión. En cumplimiento con lo dispuesto en el precitado artículo 240.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el artículo 56 de la Ley de Sociedades de Garantía Recíproca, las menciones mínimas del proyecto de fusión legalmente exigidas son las siguientes:
1) Denominación y domicilio de las sociedades que participan en la fusión así como datos identificadores de su inscripción en el Registro Mercantil: la sociedad absorbente (Sociedad de Garantía Recíproca Suraval) con CIF G-41132192 tiene su domicilio social en Sevilla, Avenida de la Constitución, número siete, primero. Figura inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla al tomo 685, Folio 53, Hoja SE-10026. Figura inscrita en el Registro Especial de Sociedades de Garantía Recíproca del Ministerio de Economía y Hacienda con el número 39.
La sociedad absorbida (Crediaval, Sociedad de Garantía Recíproca) con CIF G-14038012, tiene su domicilio social en Córdoba, calle Conde de Robledo, número cuatro. Figura inscrita en el Registro Mercantil de Córdoba, al Tomo 1709, Folio 39, Sección 3.ª, hoja 2854. Figura inscrita en el Registro Especial de Sociedades de Garantía Recíproca del Ministerio de Economía y Hacienda con el número 21. 2) Tipo de canje de las participaciones:
En la sociedad absorbente cada socio recibirá veintidós participaciones sociales de seis euros con ochenta y tres céntimo de euro de valor nominal cada una en sustitución de cada una de sus antiguas participaciones de ciento cincuenta euros con veintiséis céntimos de euro de valor nominal. En la sociedad absorbida cada socio recibirá una participación social de seis euros con ochenta y tres céntimos de euro de valor nominal cada una más un céntimo de euro, en sustitución de cada una de sus antiguas participaciones sociales de seis euros con ochenta y cuatro céntimos de euro.
3) Fecha de la fusión:
Se considerará como fecha de la fusión el día treinta y octubre de dos mil ocho, en el que se efectuará salvo imprevistos la presentación de la escritura de fusión en el Registro Mercantil.
4) Fecha a partir de la cual las nuevas participaciones darán derecho a obtener garantías otorgadas por la sociedad:
Las nuevas participaciones creadas con motivo de la fusión darán derecho a obtener garantías otorgadas por Suraval a partir de la fecha de la fusión.
5) Fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extinga habrá de considerarse a efectos contables por cuenta de la sociedad a la que traspasa su patrimonio:
La fusión tendrá efectos contables a partir de la fecha de la fusión, sin que se produzca retroacción ni postergación de efectos contables.
Según los artículos 30 y 32 de los Estatutos Sociales, todo socio podrá asistir a la Junta y ejercitar su derecho a voto. Cualquier socio podrá hacerse representar en la Junta por medio de otro socio. La representación de una persona jurídica debe acreditarse fehacientemente si así se solicita; no podrá ostentar más de 10 representaciones, ni un número de votos delegados superior al 10 por ciento del total.
Córdoba, 26 de marzo de 2008.-El Presidente, Pablo Millán Márquez.-28.484.
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