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Documento BORME-C-2008-71228

WÄRTSILÄ IBÉRICA, SAU (Sociedad absorbente) WÄRTSILÄ PROPULSION SPAIN, SAU (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 71, páginas 11262 a 11262 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-71228

TEXTO

Fusión y de modificación de objeto social

Wärtsilä Ibérica SAU y Wärtsilä Propulsion Spain, SAU, anuncian sus respectivos acuerdos de fusión por absorción de sociedad íntegramente participada, de ésta por aquélla, adoptados en Juntas Universales Extraordinarias celebradas el día 4 de abril de 2008, según proyecto de fusión de fecha 29 de febrero de 2008. Se advierte a los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las participaciones, del derecho a examinar en el domicilio social o a obtener copia o envío gratuito y literal, así como a los representantes de los trabajadores de examinar en el domicilio social, los documentos exigidos por el art. 238 de la LSA, con referencia a ambas sociedades. Igualmente se advierte a los socios y acreedores de su derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión. Durante el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo, los acreedores de cada una de las sociedades, podrán oponerse a la fusión hasta que se les garanticen sus créditos. La sociedad absorbente, Wärtsilä Ibérica SAU, anuncia igualmente la modificación de su objeto social, de conformidad con el nuevo texto del artículo 2 de sus estatutos, que será el siguiente:

La sociedad tiene por objeto: A) El desarrollo, importación, fabricación, compra y venta de motores Diesel y a gas, hélices, componentes y repuestos para los mismos; atender y proveer después de las ventas el servicio para motores, hélices, reductores, equipos y todo lo que esté relacionado con estos asuntos.

B) La fabricación, montaje, instalación, venta o suministro de plantas de cogeneración eléctrica con cualquier tipo de combustible o de cualquier otro tipo de instalación, industrial o marina y de todos los bienes, equipos e instalaciones o elementos complementarios de las mismas. Si para alguna de tales actividades fuera precisa autorización administrativa, su obtención será requisito previo para el inicio de la actividad. Las actividades enumeradas podrán también ser desarrolladas por la sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades con objeto análogo o mediante subcontratación.

Bilbao, 4 de abril de 2008.-Joseba Eguia Ispizua, Secretario del Consejo de Administración de ambas sociedades.-18.123. y 3.ª 14-4-2008

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