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Documento BORME-C-2008-70077

HOLIDAY MAGIC HOTEL, S. A. (Sociedad escindida) FANTASÍA HOTELS & RESORTS, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 70, páginas 11111 a 11111 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-70077

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de «Holiday Magic Hotel, Sociedad Anónima», y de «Fantasía Hotels & Resorts, Sociedad Limitada», en sus reuniones celebradas con carácter universal en el día de hoy han adoptado entre otros el siguiente acuerdo:

Primero.-Aprobar el Balance de escisión, el patrimonio escindido y el proyecto de escisión suscrito por todos los administradores de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Castellón y Zaragoza, y ajustándose a él, acordar la escisión parcial de «Holiday Magic Hotel, Sociedad Anónima», por la que se procede a segregar y transmitir en bloque una parte de su patrimonio social, y en concreto los inmuebles, instalaciones, personal, fondo de comercio y en general la actividad empresarial de la rama autónoma o patrimonio separado que constituye la explotación del denominado Gran Hotel Las Fuentes situado en Alcoceber (Castellón), así como las fincas 8.031 y 8.033 del Registro de la Propiedad de Vinarós, que se adjudicará a favor de la compañía beneficiaria «Fantasía Hotels & Resorts, Sociedad Limitada».

En ejecución del anterior acuerdo, la sociedad beneficiaria adquirirá en bloque el patrimonio escindido, de acuerdo con el balance de escisión de «Holiday Magic Hotel, Sociedad Anónima», cerrado a 31 de diciembre de 2007, quedando aquella subrogada a título universal en todos los derechos y obligaciones de la escindida sin limitación de ninguna clase. La sociedad escindida «Holiday Magic Hotel, Sociedad Anónima», procederá a la correspondiente reducción de capital social y de reservas una vez sean elevados a públicos e inscritos en el Registro Mercantil los presentes acuerdos.

Se hace constar expresamente el derecho que, de acuerdo con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto integro de los acuerdos adoptados, el balance de escisión y los demás documentos relativos a la escisión, previstos en el artículo 238 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, así como el derecho de oposición que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, tienen los acreedores de todas las sociedades citadas y que podrán ejercitar en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.

Castellón y Zaragoza, 31 de marzo de 2008.-Los Administradores solidarios y único, respectivamente, de las sociedades escindida y beneficiaria y facultados expresamente para este acto, Carlos Escorihuela Artola y Aurelio Egido Martínez.-19.090. 2.ª 11-4-2008

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