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Anuncio de escisión total
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, conforme a la remisión que a dicha norma efectúa el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que el socio único de las 50 sociedades escindidas acordó con fecha 3 de marzo de 2008, la escisión total de las 50 sociedades escindidas, con división total de su patrimonio a favor de las sociedades beneficiarias, de nueva creación. Las sociedades beneficiarias se subrogarán en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, con disolución sin liquidación de las sociedades escindidas. todo ello de conformidad con el proyecto de escisión total suscrito por el Administrador único de las sociedades escindidas con fecha 17 de marzo de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Córdoba, habiéndose practicado las correspondientes notas marginales en las respectivas hojas de todas las sociedades escindidas, y sobre la base de los Balances de las sociedades escindidas cerrados a 31 de diciembre de 2007, que fueron aprobados por decisión del socio único de las sociedades escindidas como Balances de escisión. Como consecuencia de la escisión total de las sociedades escindidas, las participaciones sociales representativas del 100% del capital social de las sociedades beneficiarias se atribuirán al socio único de las sociedades escindidas, esto es, «Tuin Zonne, Sociedad Anonima».
En cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas (conforme a la remisión que a dicha norma efectúa el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada), se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de cualquiera de las sociedades participantes. Asimismo se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades escindidas de oponerse a la escisión durante el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos establecidos en el artículo 243 de la citada Ley de Sociedades Anónimas (conforme a la remisión que a dicha norma efectúa el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada).
Córdoba, 3 de marzo de 2008.-El Administrador único de las sociedades escindidas y beneficiarias, Juan Manuel Laso Rodríguez.-17.501. 2.ª 7-4-2008
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