Junta general extraordinaria
Por haberlo así acordado en los autos de jurisdicción voluntaria sobre Convocatoria de Junta General Extraordinaria seguidos en este Juzgado con el número 4000234/08, promovidos por el Procurador D. Benjamín Rivas del Fresno, en nombre y representación de D. Aurelio París Alonso, DNI 71.410.838 R, Doña María Jesús González Pérez, DNI 11.055.779 y Doña Magdalena Fernández Casas, DNI 11.066.296, se dirige el presente a fin de anunciar la convocatoria de Junta General Extraordinaria de la sociedad Sidrería Hermanos París, S. A., CIF A-33432154, con domicilio en Mieres, C/Doce de octubre número 23, bajo, señalada para el próximo día 16 de enero de 2009, a las 10,00 horas en primera convocatoria y a las 10,30 en segunda convocatoria, que se celebrará en el domicilio social referenciado, siendo presidida por D. Aurelio París Alonso y actuando como secretario Doña María Jesús González Pérez y con el siguiente.
Orden del día
Primero.-Deliberación y votación sobre la disolución social y, de ser aprobada ésta en la Junta, cese de administradores sociales y nombramiento de liquidador. Asimismo y según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de Sociedad Limitada, se pone en conocimiento que todos los socios tienen derecho de asistir a la Junta General. Los estatutos no podrán exigir para la existencia a las reuniones de la Junta General la titularidad de un número mínimo de participaciones. El socio podrá hacerse representar en las reuniones de la Junta General por medio de otro socio, su cónyuge, ascendientes, descendientes y persona que ostente poder general conferido en documento público con facultades para administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional. Los estatutos podrán autorizar la representación por medio de otras personas. La representación comprenderá la totalidad de las participaciones de que sea titular el socio representado y deberá conferirse por escrito. Si no constare en documento público deberá ser especial para cada junta.
Los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta General o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del dia. El órgano de administración estará obligado a proporcionárselos, en forma oral o escrita de acuerdo con el momento y la naturaleza de la información solicitada, salvo en los casos en que, a juicio del propio órgano, la publicidad de esta perjudique los intereses sociales. Esta excepción no procederá cuando la solicitud esté apoyada por socios que representen al menos, el 25 por ciento del capital social, segun lo establecido en el artículo 51 de la Ley de sociedad Limitada.
Oviedo, 6 de noviembre de 2008.-El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo.-67.272.
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