Contingut no disponible en valencià
Anuncio de fusión
De conformidad con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de «Niscayah Holding Spain, Sociedad Limitada Unipersonal» (antes denominada «Securitas Systems Spain, Sociedad Limitada Unipersonal») y de «Systems Adrup, Sociedad Limitada Unipersonal», celebradas el 30 de junio de 2008, respectivamente aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante absorción por «Niscayah Holding Spain, Sociedad Limitada Unipersonal» (antes denominada «Securitas Systems Spain, Sociedad Limitada Unipersonal») de «Systems Adrup, Sociedad Limitada Unipersonal», conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades el 26 de junio de 2008, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación la sociedad absorbida, transmitiendo en bloque su patrimonio social a la sociedad absorbente y en consecuencia esta última se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de enero de 2008, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la absorbida se considerarán computables, a efectos contables, en la absorbente. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 31 de diciembre de 2007, sin modificación de capital al ser propietaria la absorbente de la totalidad de las participaciones de la absorbida, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la absorbida.
De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales Universales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Madrid, 30 de junio de 2008.-El administrador Único de «Niscayah Holding Spain, Sociedad Limitada Unipersonal», y de «Systems Adrup, Sociedad Limitada Unipersonal», don Antonio Villaseca López.-66.410. 1.ª 18-11-2008
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid