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Las Juntas generales universales de dichas sociedades han aprobado por unanimidad, en sus reuniones celebradas el día 20 de octubre de 2008, la fusión por absorción de «Paneles XXI, Sociedad Anónima», Sociedad Unipersonal, como sociedad absorbida por «Pine Equipos Eléctricos, Sociedad Anónima», como sociedad absorbente, con extinción por disolución sin liquidación y transmisión en bloque que de su patrimonio se hace a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. La fusión se acordó sobre la base del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Vizcaya donde se recoge que, por tratarse de una fusión por absorción de entidad íntegramente participada de las reguladas en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede relación de canje ni lo informes de expertos independientes ni de los Administradores del proyecto de fusión.
Se anuncia, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores sociales de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y de los Balances de fusión; asimismo en cumplimiento del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la misma Ley.
Zamudio, 20 de octubre de 2008.-Luis de la Maza Pereg, representante de «Pine Instalaciones y Montajes, S.A.», Secretario del Consejo de «Pine Equipos Eléctricos, S.A.» y de «Paneles XXI, S.A. Unipersonal.».-62.638. 2.ª 4-11-2008
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