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Documento BORME-C-2008-191006

ARTESANOS CAMISEROS DISEÑO Y MODA, S. L. (Sociedad cedente) ARTESANOS CAMISEROS, S. A. (Sociedad cesionaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 191, páginas 32341 a 32342 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-191006

TEXTO

Anuncio de disolución con cesión global del Activo y del Pasivo

La Junta General Ordinaria de la Sociedad Artesanos Camiseros Diseño y Moda, Sociedad Limitada, celebrada el día 30 de Junio de 2008, ha acordado su disolución, sin apertura de proceso de liquidación, mediante la cesión global del activo y del pasivo al socio único, Artesanos Camiseros, Sociedad Anónima, a quien se trasmitirán la totalidad de los derechos y obligaciones que corresponden a la sociedad, por lo que la sociedad cesionaria será la única titular de los activos y créditos a su favor que integran el activo social y se obliga a pagar la totalidad de las deudas sociales que se incluyen en el pasivo del balance de liquidación. La efectividad contable de la cesión se producirá con efectos del día 1 de enero de 2008, por lo que todas las operaciones de la sociedad, a partir de tal fecha, se entenderán realizadas por la sociedad cesionaria Artesanos Camiseros, Sociedad Anónima. Artesanos Camiseros Sociedad Anónima, es una sociedad mercantil domiciliada en Madrid, calle José Abascal, número 44, 5.º izquierda, constituida por tiempo indefinido, como Sociedad Limitada, en escritura autorizada por el Notario de Madrid D. Antonio Uribe Sorribes, el día 17 de marzo de 1992, n.º 880 de su protocolo y transformada en Sociedad Anónima en su escritura autorizada por el Notario de Madrid D. Antonio Crespo Monerri, el día 23 de Julio de 1993, numero 2.958 de su protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 2769, libro 0, folio 1, sección 8, hoja numero M-47.445, con C.I.F. A-80285406.

Se hace constar el derecho de los acreedores de la sociedad cedente y de los acreedores de la cesionaria a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión, y, asimismo, que podrán oponerse a la cesión en las mismas condiciones y con los mismos efectos previstos para el caso de fusión.

Madrid, 15 de septiembre de 2008.-El Administrador Único, Juan Bajo Alba.-56.485.

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