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A los efectos previstos en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que el socio único de las sociedades Las Brisas de Costa Zefir, Sociedad Limitada (Sociedad unipersonal), La Punta del Riu, Sociedad Limitada (Sociedad unipersonal), Marlos Park, Sociedad Limitada (Sociedad unipersonal), Las Brisas de Costa Zefir, Sociedad Limitada (Sociedad unipersonal), Cala Miami 97, Sociedad Limitada (Sociedad unipersonal) y El Ponent de Hospitalet 2000, Sociedad Limitada (Sociedad unipersonal), decidió, en el ejercicio de las competencias atribuidas a las Juntas generales y universales de socios válidamente constituidas, de cada una de las compañías, con fecha 8 de enero de 2008, la decisión de disolver, sin apertura del proceso de liquidación, y ceder globalmente todos los Activos y Pasivos a favor del indicado socio único, esto es, la entidad Strength, Sociedad Limitada, quién como cesionario se subroga en todos los derechos y obligaciones de las sociedades disueltas.
Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades cedentes y de la sociedad cesionaria a obtener el texto integro del acuerdo de cesión, así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la cesión, en el plazo de un mes, y en los términos y condiciones establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 24 de enero de 2008.-Los órganos de administración de las sociedades cedentes y cesionaria. Andrés Martín Cabanes, Administrador único de las Sociedades Cedentes y Administrador Mancomunado de la sociedad cesionaria, Amparo Cachón Álvarez, Administradora Mancomunada de la Sociedad Cesionaria.-3.804.
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