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Documento BORME-C-2008-183085

TEC CONTAINER, SOCIEDAD ANÓNIMA (Sociedad absorbente) MARTICAN, SOCIEDAD ANÓNIMA Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 183, páginas 30630 a 30630 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-183085

TEXTO

De conformidad con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales de «Tec Container, Sociedad Anónima» y de «Martican, Sociedad Anónima Unipersonal», celebradas el 10 de septiembre de 2008, respectivamente aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante absorción por «Tec Container, Sociedad Anónima» de «Martican, Sociedad Anónima Unipersonal» conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades y depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha de 17 de julio de 2.008, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación «Martican, Sociedad Anónima Unipersonal», transmitiendo en bloque su patrimonio social a «Tec Container, Sociedad Anónima», y en consecuencia la sociedad absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la entidad absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de julio de 2008, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables, a efectos contables, en la sociedad absorbente. La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 30 de junio de 2.008, sin modificaciones de capital, al ser propietaria la sociedad absorbente directamente de la totalidad de las acciones de «Martican, Sociedad Anónima Unipersonal», y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en las respectivas Juntas Generales Universales, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 11 de septiembre de 2008.-El Consejero Delegado del Consejo de Administración de «Tec Container, Sociedad Anónima» y el Administrador Único de Administración de «Martican, Sociedad Anónima Unipersonal», D. Miguel de Sebastián Merello y D. Leonardo Moragón Mesas.-54.742. y 3.ª 25-9-2008

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