Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y demás disposiciones legales aplicables, se hace público que, en ejercicio de las competencias atribuidas a las respectivas Juntas Generales de Socios de «Electrónica Elansha Sociedad Anónima» y «Lan Ekin Sociedad Anónima», celebradas ambas el 26 de junio de 2008, en sus respectivos domicilios sociales, los socios de las referidas mercantiles acordaron la fusión por absorción de las dos sociedades, siendo «Electrónica Elansha, Sociedad Anónima» la Sociedad absorbente y «Lan Ekin Sociedad Anónima» la Sociedad absorbida. La Sociedad absorbida se disuelve sin liquidación, con la entera transmisión en bloque de su patrimonio a la absorbente, que adquiere a título universal todos los derechos y obligaciones de la absorbida. La fusión por absorción se adoptó en base del proyecto de fusión de 30 de abril de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Guipúzcoa el día 8 de mayo de 2008 y con aprobación como balance de escisión el balance cerrado al 31 de diciembre de 2007. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2008. No se otorgarán derechos especiales a socios, ni ventajas al órgano de administración ni a demás intervinientes en la fusión. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo y del balance de fusión.
Asimismo, al tratarse de Juntas Universales y por tanto, no haberse publicado convocatoria de la misma asiste a los socios y a los representantes de los trabajadores, de haberlos, el derecho a examinar en el domicilio social, los documentos a que se refiere la Ley de Sociedades Anónimas. Durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión por absorción en la forma establecida por el artículo 243 de la ley de Sociedades Anónimas.
En Lasarte-Oria a 3 de septiembre de 2008.-Por el Secretario del Consejo de Administración de Electrónica Elansha S.A., Don Ramón Urkizu Mendiola y por el Administrador Único de Lan Ekin S.A. Don Juan Alkorta Echeverría.-53.253. y 3.ª 17-9-2008
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