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Documento BORME-C-2008-158028

INZAMAC ASISTENCIAS TÉCNICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 158, páginas 25595 a 25595 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-158028

TEXTO

Convocatoria Junta general extraordinaria de accionistas

Se convoca a los accionistas a la Junta general extraordinaria que se celebrará en el domicilio social, el día 26 de septiembre de 2008, a las diez horas, en primera convocatoria y, en su caso, el día siguiente en el mismo lugar y hora, en segunda, según el siguiente

Orden del día

Primero.-Aprobación del Balance de fusión. Segundo.-Aprobación de la fusión por absorción de Sociedad de Servicios de Prevención Castellano Leoneses, S. L. (sociedad unipersonal) como sociedad absorbida, por Inzamac Asistencias Técnicas, S. A., como sociedad absorbente, de conformidad con los términos establecidos en el proyecto conjunto de fusión de fecha 29 de marzo de 2008, y depositado en el Registro Mercantil de Zamora. Tercero.-Sometimiento de la fusión al régimen de neutralidad fiscal previsto en la Ley del Impuesto sobre Sociedades en su nueva redacción dada por la Ley 25/2006, de 17 de julio. Cuarto.-Ruegos y preguntas. Quinto.-Redacción, lectura y aprobación del acta de la Junta.

Conforme al art. 240.2 de la LSA y al proyecto de fusión: i) participan en la fusión las sociedades Inzamac Asistencias Técnicas, S. A. (inscrita en el Registro Mercantil de Zamora al Tomo 165, Folio 111, Hoja ZA-2987 y con NIF A-49175243) y Sociedad de Servicios de Prevención Castellano Leoneses, S. L. U. (inscrita en el Registro Mercantil de Zamora al Tomo 150, Folio 105, Hoja ZA-2525 y con N.I.F. B 49164197), ambas con domicilio social en la calle Alto de la Albillera parcela siete y ocho, polígono industrial La Hiniesta, 49024 Zamora; ii) las operaciones de la sociedad absorbida han de considerarse realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente a partir de 1 de enero de 2008; iii) no se otorga derecho u opción alguna a favor del socio único de la sociedad absorbida a los que se refiere el art. 235 e) de la LSA; iv) no se otorga ventaja alguna en la sociedad absorbente a los Administradores de las sociedades que se fusionan.

Asimismo, se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas, obligacionistas, titulares de derechos especiales distintos de las acciones y representantes de los trabajadores a examinar en el domicilio social los documentos indicados en el artículo 238 de la LSA, pudiendo asimismo solicitar, conforme a lo dispuesto en el artículo 240.2 de la LSA, la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los mismos.

Zamora, 7 de agosto de 2008.-El Administrador único, Inzamac Asistencias Técnicas, Sociedad Anónima, Diego Rodríguez Bollon.-50.520.

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