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Anuncio de escisión parcial
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 242.º y 254.º de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94.º de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que en la Junta general universal de socios de «Arsana Patrominial, Sociedad Limitada», en sus acuerdos de fecha 15 de julio de 2008, aprobaron las siguientes operaciones:
Escisión parcial sin disolución de la sociedad «Arsana Patrimonial Sociedad Limitada», segregando parte de su patrimonio y traspasando las ramas de actividades explotaciones de fincas agrícolas y la cría, venta, cuidado y doma de caballos a terceros, a una sociedad de nueva creación «Explotaciones Ancaza, Sociedad Limitada», todo ello según el artículo 252.1 b) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Las operaciones se acordaron sobre la base del proyecto de escisión parcial suscrito por el Administrador único de «Arsana Patrimonial, Sociedad Limitada», el día 10 de julio de 2008, que fue depositado en el Registro Mercantil de Jaén, y con el Balance de escisión de esta sociedad cerrado el 30 de junio de 2008, que ha sido aprobado por la Junta general de socios de «Arsana Patrimonial, Sociedad Limitada». Se hace constar, de conformidad con el artículo 242.º de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión del artículo 94.º de la Ley de Responsabilidad Limitada, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243.º de dicha Ley, el derecho que asiste a acreedores de dicha sociedad de oponerse a la escisión durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos previstos en el artículo 166.º de la misma.
La escisión acordada se acogerá al régimen fiscal previsto en el capítulo VIII del título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, Real Decreto 4/2004.
Andújar, 11 de agosto de 2008.-El Administrador único, Santiago Torres Sancho.-50.773. 2.ª 19-8-2008
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